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«¿Va a renunciar?»: el duro emplazamiento de José Antonio Neme a Mario Marcel por proyecto de retiro acotado

La iniciativa presentada esta jornada no ha estado exenta de polémica.

«¿Va a renunciar?»: el duro emplazamiento de José Antonio Neme a Mario Marcel por proyecto de retiro acotado

Durante esta jornada, el Gobierno presentó un proyecto de ley que establece una alternativa al quinto retiro de fondos previsionales que se está tramitando en la Cámara de Diputados, denominado «retiro acotado», puesto que, a diferencia de los otros retiros aprobados, esta iniciativa establece limitaciones el retiro de fondos.

Tras este anuncio llovieron las críticas al Gobierno, en especial al ministro de Hacienda Mario Marcel. Algunos de los dardos apuntaron a que se dejó «doblegar» por el Partido Comunistas, y otros a su posición contraria a los retiros, la que se vio entredicha tras patrocinar la iniciativa.

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Uno que le pegó fuerte a Mario Marcel fue el periodista y rostro de Mega José Antonio Neme, quien a través de sus redes sociales cuestionó la continuidad de Marcel en el Gobierno de Gabriel Boric.

«Ministro de Hacienda en su pasado en el (Banco) Central habló de retiros como una pésima política pública. Ahora gobierno manda proyecto. Pregunto… va a renunciar el ministro Marcel? O se queda en un gobierno que promueve ‘malas políticas públicas'», escribió Neme en Twitter.

¿Cuáles son los casos en que puedo retirar mis fondos?

Según establece el proyecto firmado por el Mandatario, junto a los ministros de Hacienda, Mario Marcel; de Justicia, Marcela Ríos; de Trabajo, Jeannette Jara; y de la Mujer, Antonia Orellana; seis escenarios para hacer el retiro:

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1. Para exigir el pago de deudas originadas por obligaciones alimentarias, permitiendo al alimentario o su representante legal subrogarse en el derecho del deudor de solicitar un retiro de su fondo de pensión hasta del totalidad de la deuda, según las condiciones anteriores (mínimo de 35 UF y máximo de 150 UF).

Además, el proyecto contempla una modificación permanente a las reglas de cobros de pensiones alimenticias, haciendo posible a los beneficiados acceder a los fondos previsionales del deudor.

2. Para pagar las deudas en instituciones de salud “que son, en la práctica, ineludibles”. Esto, previa acreditación a través de la Superintendencia de Salud. No podrán ser imputadas al pago de multas, intereses u otros gastos asociados.

3. Para costear un incremento del ahorro necesario para la postulación a los subsidios de adquisición de primera vivienda. Una vez que se realice el abono, la entidad captadora suspenderá la facultad de girar el ahorro que provenga de los fondos.

4. Para pagar deudas hipotecarias de hasta 4 mil UF contraídas hasta el 31 de marzo, solo en la adquisición de una primera vivienda.

5. Para pagar deudas de servicios básicos no cubiertas por los subsidios de la ley 21.423, que regula el prorrateo y pago de deudas por servicios de agua potable y electricidad generados durante la pandemia covid-19, y establece subsidios a clientes vulnerables.

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6. Para pagar deudas financieras bancarias y no bancarias, contraídas hasta el 31 de marzo de 2022.

Los retiros de fondos solo se podrán justificar con deudas contraídas a título personal y no a una persona jurídica donde participe el beneficiado.

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