• 16 NOV 2024

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Pensión de Alimentos en Chile: ¿Qué es y hasta qué edad deben recibirla los hijos?

Con la pronta implementación del Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos, padres o madres estarán obligados a cumplir con el deber.

Pensión de alimentos

La Pensión de Alimentos vuelve ser punto de discusión en Chile luego que esta semana, la ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Antonia Orellana, junto a la presidenta de la Asociación Chilena de Municipalidades y alcaldesa de Peñalolén, Carolina Leitao, entregaron detalles de acerca de la implementación del Registro Nacional de Deudores.

Será desde el próximo 18 de noviembre que comenzará a regir la normativa que impedirá a los deudores de la Pensión de Alimentos en Chile renovar su licencia de conducir y el pasaporte. Además, se les va a retener su devolución de impuestos, entre otras sanciones.

Se trata de una iniciativa implementada en el marco de la Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensión de Alimentos que fue aprobada en agosto de manera unánime por el Congreso. Esta busca establecer un mecanismo de pago permanente de la deuda que mantiene el deudor con uno o más hijos.

Por todo esto, en ADN Radio aclaramos algunas dudas frecuentes sobre la Pensión de Alimentos en Chile.

¿Qué es la Pensión de Alimentos?

Esta es la obligación de los progenitores de entregar lo requerido para que el o los hijos puedan vivir con normalidad. Esto también incluye velar por el cumplimiento de su educación de enseñanza básica, media y superior.

¿Hasta qué edad tienen los hijos este derecho?

Según consigna Legal Chile en su web oficial, la Pensión de Alimentos rige hasta los 21 años de edad. Sin embargo, si cursan una carrera técnica o profesional, el derecho se extiende hasta los 28 años de edad.

¿Cuál es el monto de la Pensión de Alimentos en Chile?

El monto es variable, ya que depende de los ingresos de quien paga el derecho a sus hijos. Por ejemplo, si es un solo hijo, este monto no puede ser menor al 40 por ciento de un ingreso mínimo remuneracional, es decir, de $103.000 aproximadamente.

Sin embargo, si son dos o más hijos, el valor no puede ser menor al 30 por ciento por cada uno.

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