Consejo Constitucional: Pleno aprueba enmienda que podría liberar a reos de Punta Peuco
Este miércoles, las y los consejeros dieron luz verde a que "las personas condenadas a una pena privativa de libertad podrán solicitar al tribunal competente la sustitución de dicha pena por la de reclusión domiciliaria total siempre que se acredite conforme a la ley, la existencia de una enfermedad terminal".
Este miércoles, el Pleno del Consejo Constitucional retomó la votación del proyecto de nueva Carta Magna, en específico el Capítulo II: Derechos Fundamentales y Libertades Fundamentales, Garantía y Deberes Constitucionales.
Entre los puntos votados, las y los consejeros aprobaron —por 31 votos a favor, 18 en contra y una abstención— el inciso h del artículo 16, el cual establece: “Las personas condenadas a una pena privativa de libertad podrán solicitar al tribunal competente la sustitución de dicha pena por la de reclusión domiciliaria total siempre que se acredite conforme a la ley, la existencia de una enfermedad terminal y que el condenado no represente un peligro actual para la sociedad”.
«Un avance importante»
Tras la luz verde a este inciso, ADN conversó con el abogado penalista Reynerio García de la Pastora, quien afirmó que la aprobación de este inciso «es un avance importante en la discusión sobre la política carcelaria en Chile, especialmente considerando que el país tiene una de las tasas de encarcelamiento per cápita más altas del continente después de Estados Unidos.»
«Todo acto de reconocimiento de una situación como derecho humano implica justamente un avance contra el mayor riesgo que existe en la modernidad para el ser humano, que es el Estado (…) Mirado en esa dimensión, el reconocimiento de la situación de derecho humano en orden a que una persona sin hacer distinciones de raza, sexo, sino que solamente por ciertas condicionantes como su edad o ciertas enfermedades pudiera tener una aplicación de política criminal, en orden a permitir la sustitución del régimen de prisión en un recinto estatal a una reclusión en un recinto diverso, como por ejemplo el arresto domiciliario, me parece que es un avance en orden a lograr modificar la situación carcelaria que actualmente posee nuestro país», señaló el jurista.
Asimismo, el abogado abordó la polémica en torno a este inciso, referente a que de ser aprobada la Constitución con él, este permitiría la salida a arresto domiciliario de reos de Punta Peuco, reclusos por crímenes de lesa humanidad. «(La norma) podría significar aquello para cualquier persona que esté en esas condiciones y sobre esa base, me parece que justamente la discusión que debe darse en eso (…) Me parece mucho más grave que una discusión política sobre la salida de ciertas personas por creencias o no según miramientos de hechos en relación al beneficio que puede significar para la generalidad de la población son mucho más importantes», cerró.
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