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Directora del INDH por Ley Naín-Retamal: «Los parlamentarios se dejaron llevar por un clima que se fue exacerbando con los días»

Consuelo Contreras advirtió que la nueva legislación, de aprobarse en el Senado tal y como está" pueda abrir "la puerta a la impunidad o a la violación a los derechos humanos".

Consuelo Contreras, 1024x576 jpg ok

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El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) encendió las alarmas frente a la tramitación de la Ley Naín-Retamal, puntualmente por el ítem de legítima defensa privilegiada que tendrían los funcionarios policiales ante situaciones de uso de armas.

En un comunicado dado a conocer en los últimos días, señalaron desde la institución que, como está planteada la propuesta, podría «favorecer la impunidad de las policías y dificultar que la investigación se realice con los estándares mínimos del debido proceso». La directora del organismo, Consuelo Contreras, en conversación con El Mercurio, profundizó sobre el recelo que provoca la iniciativa.

«La regulación sobre el uso de la fuerza pública es algo que debe ser abordado de forma autónoma y por una ley, y no de manera discontinua e infrarreglamentaria, como es la situación hoy en Chile. No hacerlo así genera una serie de problemas anexos», comenzó señalando Contreras.

Tras el diagnóstico, recordó que el organismo que dirige ha insistido en la revisión de la legislación sobre las reglas del uso de la fuerza, «siguiendo los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad, preocupación y rendición ed cuentas. Pero al mismo tiempo, ha insistido en que debe existir una legislación que dé cuenta del derecho a reunión, en virtud del cual se hacen manifestaciones. Hoy, el artículo 19 N°13 de la Constitución establece el derecho a reunirse pacíficamente, sin permiso previo y sin armas. En la práctica, no hay ninguna ley que lo regule».

Así las cosas, insistió en el llamado a revisar la legislación respecto a, primero, el derecho a reunión, y segundo, el de uso de la fuerza.

Igualdad ante la ley

La igualdad ante la ley está consagrada en el artículo 19 de la Constitución. La legítima defensa privilegiada, explicó Contreras, contravendría el apartado:

«Antes de eximir de responsabilidad, siempre se debe indagar respecto de si los hechos ocurrieron o no en legítima defensa de quien realiza una agresión. Aquí, en cambio, se presumirá la legítima defensa cuando la ejerza un policía, dando por acreditadas cosas que, para el resto de quienes vivimos en Chile, tienen que ser investigadas, esclarecidas y probadas ante un tribunal».

A su juicio, «tengo la impresión de que los parlamentarios se dejaron llevar por un clima que se fue exacerbando con los días. Si no, cómo explicar que un proyecto se convirtió en la indicación de otro proyecto, que introduce modificaciones en cuanto menos tres códigos. Esto es algo que demandaría meses de discusión, presentaciones de expertos, consultas a la Corte Suprema. No creo que se esté poniendo en tela de juicio el respaldo a los derechos humanos. Los derechos humanos son universales. No dependen de mayorías o minorías políticas».

En consecuencia, y citando al alto comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, que advirtió los riesgos de esta legislación (la que calificó como «inquietud legítima»), el riesgo está en que «esta nueva legislación abra la puerta a la impunidad o a violaciones a los derechos humanos. Aquí no hay un dilema, como lo han pretendido suponer algunos. La seguridad y los derechos humanos están en armonía. Pero evitar malentendidos supone un ordenamiento preciso y ponderado, y mucho de ellos se echa de menos en el contenido actual del proyecto de ley».

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