Ahora que terminaron las elecciones, despeja tus dudas: Preguntas y respuestas sobre la Convención Constitucional
Una vez electos los responsables de redactar la nueva Constitución, ¿qué sucederá?
Una de las elecciones más importantes de las históricas votaciones de este fin de semana es la de los constituyentes, quienes través de la Convención Constitucional serán los encargados de redactar una nueva Carta Magna para el país.
Y como ya se terminó la elección y pronto quedará claro quiénes serán los 155 miembros que la conformarán, te despejamos aquí las principales dudas que puedes tener sobre esta nueva institución.
[dps_related_post ids=»4793905,4760063″]
¿Cuándo se instala la Convención Constitucional?
De acuerdo con el cronograma del proceso Constituyente, publicado en la página web oficial del Gobierno, debe instalarse en junio o julio de 2021.
¿Cómo se compone la Convención Constitucional?
Estará integrada por los 155 miembros elegidos durante la votación del 15 y 16 de mayo de 2021, conforme a los mismos distritos que para la elección de Diputados (28 distritos) y conforme a un sistema proporcional.
En esta elección se aplicaron normas especiales para facilitar la participación de independientes y para que exista equilibrio de género entre los hombres y mujeres electos.
Además, gracias a una reforma constitucional se logró reservar 17 escaños a representantes de los pueblos originarios en la Convención.
[dps_related_post ids=»4797163,4796995″]
¿Cuál será la sede de la Convención Constitucional?
El centro de trabajo de los 155 constituyentes será el Palacio Pereira, edificio ubicado en la esquina de Huérfanos con San Martín, en Santiago centro.
¿Reciben remuneración los miembros de la Convención?
Los miembros de la Convención recibirán una retribución mensual de 50 unidades tributarias mensuales, además de las asignaciones que se establezcan en el Reglamento de la Convención.
¿Cómo se organiza la Convención?
La Constitución señala que la Convención tendrá un Presidente y un Vicepresidente, ambos electos por mayoría absoluta de los miembros de la Convención, además de una secretaría técnica conformada por personas de comprobada idoneidad académica o profesional.
Luego, corresponderá a la propia Convención establecer las reglas de funcionamiento.
[dps_related_post ids=»4797032,4796646″]
¿Cuál es el rol de la Convención y sus límites?
La Convención tiene por objeto exclusivo redactar y aprobar una nueva Constitución, por lo que no puede intervenir ni ejercer ninguna otra función de otros órganos o autoridades.
Además, en la redacción de la nueva Constitución deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas, y los tratados internacionales vigentes ratificados por Chile.
¿Qué significa la hoja en blanco?
Se ha dicho que la nueva Constitución se escribirá desde una «hoja en blanco». Esto quiere decir que la Convención deberá escribir un nuevo texto constitucional y no una reforma a la Constitución vigente.
¿Cómo adopta sus acuerdos la Convención y qué implica el quórum de los 2/3?
La Convención deberá aprobar las normas de la nueva Constitución y el reglamento de votación de las mismas, por un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicio, ya que el objetivo es generar un alto grado de consenso en el texto constitucional que se propondrá a votación en el plebiscito del año 2022.
¿Se podrá reclamar una infracción a las reglas de procedimiento aplicables a la Convención?
Sí. Esas reclamaciones serán resueltas por cinco ministros de la Corte Suprema, elegidos por sorteo.
¿Cuál es el plazo de trabajo de la Convención?
La Convención deberá redactar y aprobar una propuesta de texto de nueva Constitución en el plazo máximo de nueve meses, contado desde su instalación, plazo prorrogable por tres meses adicionales, pero por una sola vez.
[dps_related_post ids=»4795759,4796169″]
¿Cómo será el plebiscito de salida para aprobar o rechazar la nueva Constitución?
Una vez concluido el trabajo de la Convención, ésta deberá entregar su propuesta al Presidente de la República quien deberá convocar a un nuevo plebiscito, a celebrarse sesenta días después de publicada la convocatoria (o el domingo siguiente si los sesenta días no cayeran en día domingo).
En este plebiscito, el sufragio será obligatorio y habrá una multa de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales para las personas habilitadas para votar y que no lo hagan.
El voto tendrá el siguiente texto: «¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Constitucional?«.
Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una para cada una de las opciones de voto: «Apruebo» y «Rechazo«.
¿Qué pasa si se aprueba la nueva Constitución?
El Presidente de la República debe convocar al Congreso Pleno para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure o prometa respetar y acatar la Nueva Constitución.
Dicho texto será publicado en el Diario Oficial dentro de los diez días siguientes a su promulgación y entrará en vigencia en dicha fecha.
¿Qué sucede si en el plebiscito de salida gana el rechazo a la nueva Constitución?
Permanece la Constitución de 1980 y sus reformas (sin perjuicio de las reformas que pueda incorporar el Congreso Nacional como lo ha hecho hasta ahora).
[dps_related_post ids=»4797008,4797052″]
Podcasts recomendados
Ver todos- SuscríbeteMaría José Márquez: Conociendo su mundo desde las raíces
08/11/24 - 20:00
- Suscríbete
- SuscríbeteEl poder y las prisiones preventivas
Ayer - 49:55
- Suscríbete
- SuscríbeteLos Tenores ya palpitan el Chile-Perú por eliminatorias
Ayer - 01:15:52
- Suscríbete
- SuscríbeteConsultoría en vivo
11/11/24 - 38:25
- SuscríbeteCap 20 - Temporada 3: Antonio Tabucchi
29/10/24 - 20:29