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Suspensión del alcalde Jorge Sharp: municipalidad de Valparaíso destaca que no fue destituido

Pese a que el fallo del TRICEL señala un "abandono de deberes", desde la entidad apuntaron a una "falta de supervigilancia" de parte de la máxima autoridad de la comuna.

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Suspensión del alcalde Jorge Sharp: municipalidad de Valparaíso destaca que no fue destituido

Desde la municipalidad de Valparaíso emitieron un comunicado sobre el fallo del Tribunal Calificador de Elecciones (TRICEL) que determinó la suspensión del alcalde de la comuna, Jorge Sharppor «abandono de deberes», de acuerdo a lo que se lee en el fallo.

Titulado «fracasa la estrategia de destitución, seguimos con las manos limpias», el texto emanado desde la entidad edilicia comienza: «El fallo descarta el cargo de notable abandono de deberes, presentaro por la parte acusatoria, lo que trae como consecuencia el fracaso de la estrategia que buscaba la destitución del alcalde Jorge Sharp por vía administrativa, dado que no lograron su objetivo en las urnas».

En el punto dos, destacan el que el TRICEL haya rechazado los cargos «que vinculaban a la administración en casos de corrupción». Respecto a la sanción, que es, en rigor, un mes de suspensión del cargo y 50% de su sueldo, ocurre «porque se le atribuye no haber supervigilado lo que ocurría con el sistema de prácticas pedagógicas en dos liceos técnicos de la comuna que, según la Contraloría General de la República, a partir del informe 273, no eran compatibles con el proyecto educativo».

No obstante lo anterior, precicsaron desde la municipalidad que la Coporación «tomó las medidas para reparar dicha falta», lo que fue ratificado por Contraloría «al sobreseer, luego de realizado un sumario, al alcalde Sharp de cargos en su contra».

«No lograron la destitución, sin embargo, lo más importante es que sus responsables y provocadores ya no forman parte de la institución y que el proyecto de Alcaldía Ciudadana continúa con las manos limpias», cierra el texto.

El fallo del TRICEL

En el texto del Tribunal se señala:

«Conforme a la prueba aportada y apreciándola como jurado, tiene por acreditada la infracción ocurrida y, en su mérito, la falta de supervigilancia del alcalde respecto de la Corporación y de la Unidad de Control Municipal, de la entidad suficiente para configurar un abandono de deberes”.

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