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Operación Colombo: Corte Suprema condena a 25 exagentes de la DINA por secuestro calificado de fotógrafo

Entre los condenados destacan Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Iturriaga Neumann, participantes en la operación de desinformación internacional que dejó 119 víctimas.

29 de Mayo del 2023 / SANTIAGOCorte Suprema.  
Corte Suprema realizó su pleno ordinario de los Lunes, en el que se analizaron los informes solicitados en el marco de diferentes iniciativas legales sobre isapres. 
VICTOR HUENANTE  / AGENCIA UNO

29 de Mayo del 2023 / SANTIAGO Corte Suprema. Corte Suprema realizó su pleno ordinario de los Lunes, en el que se analizaron los informes solicitados en el marco de diferentes iniciativas legales sobre isapres. VICTOR HUENANTE / AGENCIA UNO

La Corte Suprema rechazó los recursos de casación y confirmado la sentencia que condenó a 25 exagentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su participación en el secuestro calificado del fotógrafo Teobaldo Antonio Tello Garrido. El reportero gráfico desapareció el 22 de agosto de 1974 y fue una de las 119 víctimas que aparecieron en las nóminas de la maniobra de desinformación internacional conocida como «Operación Colombo».

En el fallo emitido por la Segunda Sala del máximo tribunal, se descartó cualquier error en la sentencia impugnada. La condena dicta que César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Iturriaga Neumann cumplan 13 años de presidio por ser autores del delito.

Asimismo, Nelson Paz Bustamante, Gerardo Godoy García, Hermon Alfaro Mundaca, Julio Hoyos Zegarra, Silvio Concha González, José Ojeda Obando, Luis Videla Inzulza, Jorge Madariaga Acevedo, Teresa Osorio Navarro, Claudio Pacheco Fernández, José Aravena Ruiz, Manuel Carevic Cubillos, Rosa Humilde Ramos Hernández, Pedro Alfaro Fernández, Luis Torres Méndez, Rodolfo Concha Rodríguez, Jerónimo Neira Méndez, Palmira Almuna Guzmán y Leonidas Méndez Moreno deberán cumplir una pena de 10 años de presidio como autores.

El agente Samuel Fuenzalida Devia fue condenado a purgar una pena de 541 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional, como autor del delito. Víctor Álvarez fue sentenciado a 4 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, como cómplice del delito.

La sentencia recalca que estos crímenes deben ser subsumidos a la luz del Derecho Internacional Humanitario dentro de la categoría de crímenes contra la humanidad, debido a la naturaleza de los hechos y su conexión con violaciones a los derechos humanos graves, masivas y sistemáticas.

Fallo que refuerza la importancia en la búsqueda de la verdad y reparación

El fallo también destaca la imprescriptibilidad de estos crímenes, su imposibilidad de amnistía y la prohibición de consagrar excluyentes de responsabilidad que intenten evitar la investigación y sanción de los responsables de graves violaciones a los derechos humanos.

El ministro en visita Hernán Crisosto Greisse estableció que Teobaldo Antonio Tello Garrido fue detenido por agentes de la DINA en agosto de 1974, trasladado a recintos de reclusión clandestinos y sometido a interrogatorios bajo tortura con el propósito de obtener información relativa a integrantes del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR). La última vez que se le vio con vida fue en septiembre de 1974, y actualmente se encuentra desaparecido.

La decisión también condena al Fisco a pagar indemnización a los familiares de la víctima. Esta sentencia refuerza la lucha contra la impunidad y subraya la importancia de la justicia en la búsqueda de la verdad y la reparación de las víctimas de violaciones a los derechos humanos en Chile.

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