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Multan a canal de televisión de pago por emitir película para adultos en horario de protección

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago desestimó el reclamo de ilegalidad interpuesto en contra de la decisión de CNTV por parte de DirecTV Chile.

Multan a canal de televisión de pago por emitir película para adultos en horario de protección

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la apelación presentada contra una sanción impuesta por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) a un canal de televisión de pago, la que fue multada debido a que la compañía mostró una película para mayores de 18 años durante un horario inadecuado.

En una decisión unánime, la Octava Sala del tribunal, ratificó la sanción impuesta por el CNTV a la empresa DirecTV Chile Televisión Limitada con 21 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), es decir, sobre $1.300.000.

El fallo del tribunal explicó que la normativa en cuestión abarca el contenido esencial de la conducta que está prohibida. Aunque las reglas a menudo se expresan en términos generales, es el trabajo del intérprete llenarlos de significado en función de las circunstancias cambiantes y de los valores sociales en constante evolución.

Asimismo, la corte subraya que no se discute el contenido de la película exhibida ni que esta tuviera una calificación para mayores de 18 años. Sin embargo, la emisión tuvo lugar durante un horario protegido para niños, niñas y adolescentes (NNA), por lo que se violó la «formación espiritual e intelectual de la niñez y la juventud».

Intereses de NNA

La resolución recalca que la intencionalidad del emisor no es relevante en este caso, ya que la emisión contravenía las reglas y normativas que obligan a respetar los intereses de los NNA. El fallo se basa en la necesidad de proteger la integridad física y psicológica de los niños, niñas y adolescentes, y garantizar su desarrollo saludable.

En la misma, el tribunal concluyó que la acción de la empresa televisiva incumplió con las prohibiciones legales y reglamentarias. La protección de la integridad física y psicológica de los NNA se considera un deber fundamental de aquellos que tienen funciones públicas o administran recursos con un propósito social.

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