Ley Antinarcotráfico: en qué consiste la nueva normativa que fortalece la persecución del narcotráfico y el crimen organizado
Revisa aquí cómo regirá la nueva normativa que fue promulgada este martes.
Ante la crisis de seguridad que atraviesa el país, durante esta jornada, el Presidente de la República, Gabriel Boric, promulgó la Ley Antinarcotráfico.
Esta iniciativa fortalece la persecución del narcotráfico y el crimen organizado, pese a que en su momento contó con una amplia resistencia por parte de la oposición.
Esto porque diputados del Partido Republicano votaron en contra del proyecto, mientras que desde Chile Vamos concurrieron al Tribunal Constitucional debido al apartado que justificaba el cultivo de cannabis para fines medicinales.
Pese a esto, el TC rechazó el requerimiento, por lo cual la ley pudo ser promulgada.
Aumento de penas
La nueva norma sanciona a quien administre a terceros, sustancias ilícitas sin su consentimiento. Las penas, en este caso, pueden llegar a presidio mayor en sus grados mínimo a medio (5 años y un día a 15 años) si se usa violencia o intimidación para administrar u obligar el consumo.
Además, castiga a quien suministre a menores de 18 años productos que contengan solventes o gases inhalantes capaces de provocar daños a la salud o dependencia física o psíquica.
La ley también establece que si algún delito relacionado con las drogas se comete valiéndose de un menor de 18 años o personas exentas de responsabilidad, se aumenta en un grado la pena. A su vez, la pena aumentará en dos grados, cuando se proveyere de armas de fuego a menores de edad para alcanzar fines delictivos.
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Decomisos e incautación de bienes de narcotraficantes
Según la nueva normativa, entre los instrumentos incautados se incorporan bienes muebles e inmuebles, que el juez de garantía podrá destinar provisionalmente a petición del Ministerio Público.
Estas podrían ser destinadas a una institución del Estado o, previa caución, a una institución privada sin fines de lucro.
Además, la nueva ley introduce mejoras en los procesos para la enajenación temprana de bienes, posibilitando que el SENDA pueda solicitar esta enajenación, y se amplían los bienes susceptibles de ser enajenados tempranamente.
Nuevas facultades para ir tras la ruta del dinero y los precursores químicos
Esta legislación entrega también mayores facultades de fiscalización a la PDI y Carabineros, respecto de las personas que están o deben estar inscritas en el registro de precursores y sustancias químicas.
Además, amplía el catálogo de las empresas obligadas a reportar operaciones sospechosas a la Unidad de Análisis Financiero, y que tiene por objeto fortalecer la lucha contra la criminalidad organizada, desde un aspecto económico, dado que permitirá identificar en nuevos rubros actividades destinadas a ocultar el origen ilícito de los bienes.
Cultivo medicinal de cannabis
Se entenderá justificado el cultivo de cannabis para la atención de un tratamiento médico, siempre y cuando se presente una receta médica extendida por un médico cirujano tratante, documento que deberá indicar el diagnóstico de la enfermedad, su tratamiento y duración.
Junto a esto, se deberá dar cuenta sobre la forma de administración, la que no podrá ser mediante combustión.
La Ley Antinarcotráfico también sanciona con pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) a quien use recetas falsas para justificar el cultivo de cannabis, penas que irán aumentando un grado en caso de comercialización de la droga o facilitación a un tercero.
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