Caso de Tomás Bravo: Corte Suprema declara inadmisible recurso para remover a la fiscal Marcela Cartagena
El máximo tribunal declaró como inadmisible el recurso que solicitaba la salida de la fiscal regional del Biobío tras concordar que no existe ninguna negligencia grave de Cartagena hacia la investigación.
Este lunes 8 de mayo, la Corte Suprema declaró como inadmisible el recurso que solicitaba la salida de la fiscal regional del Biobío, Marcela Cartagena.
Se trata de un requerimiento con el que diversos parlamentarios de oposición, liderados por el diputado Leonidas Romero, buscaban remover a la persecutora por «falta de prolijidad» en la investigación.
Si bien la investigación de Tomás Bravo concluyó sin culpables, la gran mayoría del Tribunal coincidió con que la solicitud de los parlamentarios no cumplía con el artículo 53 de la Constitución. Dicho artículo regula los escenarios en los que una fiscal regional puede ser removida de su cargo: por incapacidad, mal comportamiento o negligencia manifiesta en el ejercicio de sus funciones.
Según consigna La Tercera, algunos jueces sí estaban de acuerdo con acoger el trámite que removía a la fiscal de su cargo, sin embargo, se optó por declarar inadmisible el recurso tras no existir ninguna negligencia grave de Cartagena.
La decisión aún se encuentra en acuerdo, ya que faltan las firmas de los supremos del pleno, por lo tanto, el fallo será comunicado a más tardar el próximo miércoles 10 de mayo.
¿De qué es acusada la fiscal?
El grupo de parlamentarios acusa a la fiscal de cometer irregularidades en el caso de Tomás Bravo como «el no aislamiento del sitio del suceso al momento de encontrar el cuerpo del pequeño Tomasito; escasos acompañamientos de un posible sospechoso; pocas coordinaciones en los equipos de trabajo; la realización de una autopsia bucal fuera de los plazos, en donde la propia fiscal, eximiéndose de su responsabilidad, evade preguntas tendientes a aclarar las falencias e irregularidades esgrimidas anteriormente, respondiendo que ella no las sabía, que debiesen ser respondidas por el fiscal anterior, haciendo alusión al fiscal Ortiz, olvidándose al parecer de que mientras el fiscal Ortiz estaba a cargo del caso, ella ostentaba, y sigue ostentando, el cargo de Fiscal Regional”.
Además, se le cuestiona a Cartagena por no fiscalizar que Luis Lugo, involucrado en el crimen del carabinero Daniel Palma, cumpliera con sus medidas cautelares: “Se suma lo ocurrido con el ciudadano venezolano Luis Lugo Machado, involucrado en el crimen del funcionario de Carabineros de Chile, Daniel Palma, quien estaba en libertad debido a la inacción de la Fiscalía de Tomé, la Fiscal Jefe Sandra Véjar, manteniendo una causa pendiente por el delito de porte ilegal de armas, arrestado en el terminal de Buses de Concepción, modificándosele las medidas cautelares de manera desprolija, principiando con el arresto domiciliario, luego, ante múltiples incumplimientos, se modifica al régimen de arresto domiciliario nocturno, es decir, siempre favoreciendo al imputado en sus respectivas causas”, se argumenta en el recurso.
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