Puerto Varas: Tribunal Ambiental paraliza obras de inmobiliaria cuestionada por daño ambiental
Petrohué Riverside habría realizado obras de urbanización, subdivisión y loteo con fines inmobiliarios pero sin autorización.
Este martes, el Tercer Tribunal Ambiental dictó la medida cautelar de paralización total de obras de la inmobiliaria Petrohué Riverside, en la comuna de Puerto Varas.
El proyecto está ubicado a la altura del kilómetro 17, de la ruta V-69, y contempla la habilitación de 320 lotes de media hectárea cada uno, en una superficie de 278 hectáreas a orillas del río Petrohué y en medio de dos áreas protegidas por el Estado: el Parque Nacional Vicente Pérez Rosales y la Reserva Nacional Llanquihue.
Por esto, el pasado mes de noviembre, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) presentó una demanda de reparación por daño ambiental en contra de este proyecto inmobiliario.
Así lo confirmó la ministra titular del Tercer Tribunal Ambiental, Sibel Villalobos, quien señaló que Petrohué Riverside realizó obras de urbanización, subdivisión y loteo con fines inmobiliarios.
Un accionar que hizo la inmobiliaria en Puerto Varas sin autorización al margen de la regulación, por lo que fue cuestionado por daño ambiental en área de riesgo volcánico. Además, no consideró la normativa ambiental y la planificación urbana.
«El tribunal decidió acoger parcialmente la solicitud de medidas cautelares emanadas del CDE, dándole lugar solamente a aquellas de carácter conservativo. Lo que implica que se impiden todas aquellas obras que puedan afectar componentes ambientales en la zona«, dijo la ministra Villalobos.
En esa línea, el abogado del CDE, Mauricio Flores, dijo que “la demanda busca que el Tribunal Ambiental declare la existencia del daño ambiental por parte de los demandados y que los responsables sean condenados a repararlo, mediante una serie de medidas de reparación, compensación y mitigación”.
En el documento emitido por el tribunal, se acordó que quedará prohibido el ingreso de maquinarias, trabajadores, herramientas, materiales y enseres al lugar de las faenas. Y que «les estará prohibida la tala de bosque nativo y erradicación vegetal, la construcción de caminos, la excavación de zanjas de drenaje y pozos para la extracción de agua (…)».
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