Ministra Orellana explica Registro de Deudores de Pensión Alimenticia: «Van a tener muchas más posibilidades de ser detenidos»
La titular de Mujer y Equidad de Género detalló la fecha en que entrará en vigencia esta ley. "Esperamos que se les dificulte la vida, tal como a los niños se les dificulta la vida cuando no reciben el monto", remarcó.

Ministra Antonia Orellana por deudores de pensión de alimentos: "Esperamos que se les dificulte la vida"
El miércoles recién pasado se aprobó por unanimidad en la Cámara Baja el proyecto de ley que busca asegurar el pago oportuno de pensiones de alimentos por medio de la investigación a cuentas bancarias e instrumentos financieros como un mecanismo de cobro permanente.
Para ese propósito, el proyecto crea el Registro Nacional de Deudores de Pensión Alimenticia a través del cual el Estado podrá fiscalizar los fondos de los padres en esa situación para retener, por ejemplo, las devoluciones de impuestos y otros movimientos financieros.
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Por lo mismo, ADN Hoy conversó con la ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Antonia Orellana, para aclarar las dudas respecto de la entrada en vigencia y otros elementos que contendrá la ley de cara a su promulgación.
«Primero, la vamos a promulgar la próxima semana con el Presidente. Y en segundo lugar, esta ley empieza a regir plenamente a partir de seis meses de publicado el Registro Nacional de Deudores de Pensión Alimenticia. Es decir, en noviembre se publica el registro y en mayo del próximo año entra en vigencia esta ley«, detalló la titular.
«¿Por qué esos meses de espera? Porque precisamente lo que estamos creando con esta ley es un sistema de conexión entre los tribunales de familia y los sistemas de información de las instituciones financieras que le reportan a la Comisión para el Mercado Financiero«, prosiguió Orellana.
«Por lo tanto, ahí hay toda una logística computacional y de trabajo administrativo que hay que crear, y en ese sentido se va a demorar esos meses», agregó.
No aplica para convenios de palabra o acuerdos informales
La secretaria de Estado, además, destacó que «lo importante es que, para esta ley y también para el registro, hay que tener la pensión de alimentos fijada por un tribunal de familia. Es decir, no aplica [para] convenios de palabra o acuerdos más informales sino que tiene que ser a través de tribunales».
Consultada sobre los grados de obligación de los distintos niveles de adeudamiento, la también periodista aseguró que «el levantamiento del secreto bancario ya era una posibilidad antes. Lo que nosotras estamos haciendo es haciéndolo efectivo a través de esta interconexión con el sistema financiero».
«Pongámonos en el caso hipotético de que hay un mes de atraso. Este mes de atraso se emite una cautelar de retención de fondos, digamos un congelamiento. En el caso de que se cumplan tres meses de incumplimiento continuo o tres meses de cumplimiento discontinuo (es decir, uno si y otro no) o montos incompletos, ahí lo que vamos a tener es que, de oficio, el tribunal va a oficiar a la CMF y a las instituciones dependientes de él para saber si hay cuentas, saldos, instrumentos de inversión, ahorro previsional voluntario u otros a nombre del deudor«, ejemplificó la autoridad.
«Por lo tanto, en el caso de detectar saldo, se ejecuta el pago en un plazo máximo de 10 días. En el caso de no tener ningún saldo aunque sea en la Cuenta Rut, se pasa a la segunda etapa que ya es el último recurso, que son los fondos en la cuenta de capitalización individual de la AFP», precisó.
Para ingresar al registro de deudores se solicita al tribunal, pero el pago es automático
Respecto de las acciones que las afectadas deben desarrollar para hacer efectivo el beneficio, Orellana señaló que «a partir de noviembre (…) las deudas se van a liquidar de forma automática. Quienes tengan una demanda de pensión de alimentos no van a tener que ir al tribunal mes a mes a liquidarlo».
Asimismo, indicó que «uno de nuestros grandes objetivos con esto es que las demandas por pensión de alimentos dejen de ser un martirio, que es lo que ocurre hoy día». «Es un apremio para poder inducir el pago», puntualizó.
«El registro incluye medidas bien severas para quienes estén en el registro. Por ejemplo, no van a poder celebrar contratos de compra-venta [inmobiliarios y automotrices] si no se asegura que los fondos que se ganen van a ir a pagar la deuda. Se les va a retener», añadió.
Medidas severas y castigos
«Una cosa es el mecanismo de pago efectivo, que es el que dispone la información bancaria, y otra cosa es el registro que tiene una serie de castigos para el deudor. En ese caso, lo que ocurre es que no van a poder celebrar contratos de compra-venta, no van a poder recibir los fondos de la devolución de impuestos, no van a poder renovar ni la licencia ni el pasaporte, y otras disposiciones para funcionarios públicos que van a tener que declarar la deuda en su perfil de patrimonio», comentó la funcionaria.
«Esperamos que se les dificulte la vida, tal como a los niños se les dificulta la vida cuando no reciben el monto. Porque efectivamente aquí lo que queremos transmitir es que el abandono parental es algo que afecta profundamente la vida de los niños. Afecta el tiempo que pueden pasar con sus grupos familiares porque toda la familia se estresa trabajando para poder suplir ese monto, afecta incluso su estado nutricional, su derecho a la educación, a vestuario«, argumentó.
«Uno de los principales reclamos tenían que ver con que las órdenes de detención eran medio a la chacota, o sea, a los deudores de pensión alimenticia era muy difícil que se los llevaran detenidos por su deuda. Eso era porque descubrimos [que] no estaban incorporados en el registro de prófugos (…) A partir de la ley aprobada el miércoles, van a estar en el registro de prófugos y por lo tanto van a tener mucha más posibilidades de ser detenidos«, concluyó la ministra.
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