Excabo condenado por crimen de Camilo Catrillanca queda en libertad vigilada intensiva
Así lo determinó el Tribunal Oral en lo Penal de Angol, luego que el condenado cumpliera más de un tercio de la pena por los delitos de disparo injustificado y obstrucción a la justicia.
El miércoles pasado el Tribunal Oral en lo Penal de Angol determinó una modificación en la sentencia contra el excabo de Carabineros Braulio Valenzuela Aránguiz, condenado por el asesinato del comunero mapuche Camilo Catrillanca, en noviembre de 2018: estará libertad vigilada intensiva.
Valenzuela había sido condenado a tres años y un día de cárcel por los delitos de disparo injustificado en contra de Catrillanca, además de obstrucción a la investigación.
En marzo pasado, Javier Jarar Müller, abogado del excabo, acusó que Gendarmería negaba a su representado la posibilidad de acceder a beneficios extrapenitenciarios, justificando que era un caso «mediático»: según señaló, en julio de 2021 había cumplido un tercio de la pena respectiva, lo que le permitía un permiso diario para trabajar. Este último, sin embargo, le fue negado.
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Meses antes, en enero de 2021, el mismo Tribula Oral en lo Penal había sustituido la pena de Valenzuela por la de libertad vigilada intensiva, pero la Corte de Apelaciones de Temuco revocó la decisión.
El exsargento del Grupo de Operaciones Especiales (GOPE) de Carabineros, Carlos Alarcón, también implicado en el crimen, fue condenado a 11 años de cárcel por el delito de homicidio consumado.
Camilo Catrillanca murió acribillado en 14 de noviembre de 2018, en la comuna de Ercilla. Junto a él estaba M.A.P.C., de 15 años, quien se transformó en un testigo clave para esclarecer los trágicos eventos.
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Según se pudo determinar en ese momento, el adolescente fue detenido sin justificados motivos para la acción (nadie le dijo por qué estaba allí). Horas más tarde le imputado el delito de receptación. Este delito, finalmente, quedó fuera de la carpeta investigativa.
Como se desestimó la imputación, la magistrada del caso decidió declarar ilegal la detención del joven. «No existían elementos que pudieran concluir con grado mínimo de certeza que había antecedentes para la comisión del delito, y tampoco que él hubiese participado”, señaló Irving Rodríguez, defensor.