Pensión Garantizada Universal, PGU: cómo postular y quiénes son los beneficiarios
Se espera que durante esta jornada se vote esta iniciativa en el Senado, tras la aprobación unánime de la Cámara de Diputadas y Diputados.
La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el lunes la Pensión Garantizada Universal, conocida como la PGU, iniciativa que impulsa el Gobierno con el fin de reformar el sistema previsional, a través de la ampliación y fortalecimiento del Pilar Solidario.
El proyecto ahora está en manos del Senado y se espera que la votación se realice durante esta jornada.
Pensión Garantizada Universal, PGU: ¿En qué consiste?
La PGU es un beneficio que se pagará mensualmente a las y los adultos mayores de 65 años, estén o no integrados en algún régimen previsional. El monto máximo de este aporte es de $185 mil.
El organismo que administrará esta pensión será el Instituto de Previsión Social (IPS), que podrá concederla, extinguirla, suspenderla o modificarla. La norma regulará la tramitación, solicitud, forma de operación y pago de la PGU. Además, estarán las normas para su aplicación y funcionamiento.
En específico, el proyecto establece que el beneficio se devengará al mes siguiente de cumplirse los 65 años y de la presentación de la solicitud. Los pagos se realizarán mediante el IPS o a través de convenios que esta entidad establezca con otras.
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¿Quiénes son los beneficiarios de la PGU?
Las personas que pueden ser beneficiarias de la Pensión Garantizada Universal, de acuerdo al texto que se legisla en el Congreso Nacional, son:
- Quienes hayan cumplido los 65 años de edad.
- No integrar un grupo familiar del 10% más rico de la población.
- Acreditar residencia en Chile no inferior a 20 años continuos o discontinuos, contados desde que el pensionado haya cumplido 20 años de edad.
- Sobre el punto anterior, el lapso no podrá ser inferior a cuatro años de residencia, en los últimos cinco años inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud para acogerse al beneficio.
¿Cuánto reciben los beneficiarios de la PGU?
Las personas que cumplan con los requisitos antes mencionados, recibirán los siguientes montos, según indica el Ministerio de Desarrollo Social:
- De acuerdo al proyecto de ley, el monto máximo de la PGU, que es de $185 mil, será para quienes tengan una pensión base menor o igual a la pensión inferior ($630 mil).
- Quienes tengan una pensión base autofinanciada superior a $630.000 pesos y de hasta $1.000.000, el monto de la PGU disminuirá gradualmente.
- El costo fiscal de la iniciativa será de un máximo de 0,95% del PIB entre 2028- 2034, alcanzando promedio de 0,92% del PIB en la década de 2040, considerando el envejecimiento de la población en las próximas décadas.
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¿En qué casos se deja de recibir este beneficio?
Según la norma que se discute en el Congreso Nacional, el beneficio se extinguirá por las siguientes causales:
- Fallecimiento del beneficiario
- Permanecer fuera del territorio nacional por más de 90 días continuos o discontinuos, en un año calendario.
- Haber entregado antecedentes incompletos, erróneos o falsos.
- Pasar a integrar un grupo familiar del 10% más rico de la población.
Además, la PGU se suspenderá en los siguientes casos:
- Si el beneficiario no cobra la pensión durante seis meses continuos. La medida se anulará por solicitud del pensionado, teniendo como plazo para ello otros seis meses. Fuera de este lapso, el beneficio se extinguirá.
- Cuando no se proporcionen los antecedentes requeridos por el IPS en los tres meses siguientes.
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