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¿En qué va el proyecto de cuarto retiro del 10% de fondos de las AFP?

La iniciativa permanece en el Senado y ya hay fechas para que se retome su discusión.

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¿En qué va el proyecto de cuarto retiro del 10% de fondos de las AFP?

El proyecto del cuarto retiro de fondos previsionales se encuentra estacionado esta semana en la comisión de Constitución del Senado. Tras ser aprobado en general y en particular en la Cámara de Diputadas y Diputados y pasar a esa instancia de la Cámara Alta, por estos días está detenido porque es semana distrital.

Ya expusieron en dicha comisión el presidente del Banco Central, Mario Marcel, el ministro del Trabajo, Patricio Melero, y el superintendente de Pensiones, Osvaldo Macías.

Y coincidiendo con el rechazo de ellos tres al cuarto retiro, al Senado llegó una carta de 123 académicos de distintas universidades del país, quienes piden que no se siga adelante con la iniciativa.

La tramitación en el Senado del cuarto retiro se retomará en la semana que parte el lunes 25 de octubre en la comisión de Constitución, que encabeza el senador independiente Pedro Araya.

Se prevé que el próximo martes 26 de octubre el cuarto retiro sea votado en general en la comisión de Constitución de la Cámara Alta, para pasar a la Sala del Senado al día siguiente. Sin embargo, si no es aprobado en la Comisión de Constitución de los senadores, pasará a trámite en una comisión mixta de diputados y senadores.

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¿Cómo llegó el cuarto retiro a los senadores?

1.- Topes:

Como en los precedentes tres retiros, el tope máximo es de 150 UF (poco más de cuatro millones y medio de pesos. Y el mínimo continúa en 35 UF (algo más de un millón de pesos).

Quienes tienen menos de 35 UF en su cuenta de capitalización pueden retirar la totalidad de los fondos que les queden, y después pedir el denominado Bono Cargo Fiscal.

2.- Rentas vitalicias:

Los pensionados por rentas vitalicias también podrán pedir un adelanto del 10% de su pensión, con un tope de 150 UF.

La Comisión para el Mercado Financiero dictará las instrucciones necesarias para la aplicación de esta disposición, con consulta previa a la Superintendencia de Pensiones.

3.- Enfermedades catastróficas:

Quienes se vean afectados por estas dolencias podrán acceder al cuarto retiro por medio de una indicación aprobada en la Comisión de Constitución de los diputados.

El máximo fijado en estas situaciones es de 1.350 UF (cerca de 41 millones de pesos).

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¿Qué pasa con los impuestos?

4.- Pensiones alimenticias:

Se mantiene la retención de fondos para los deudores de pensiones alimenticias.

Cada AFP deberá efectuar la transferencia por deudas alimentarias en un plazo no superior a diez días hábiles, contado desde que es notificada.

Si la AFP no cumple será sancionada con una multa de beneficio fiscal por parte de la Superintendencia de Pensiones.

5.- Plazo de cobro:

Este cuarto retiro puede ser cobrado en un plazo de 730 días, o sea dos años. Eso lo diferencia de los otros rescates, que tuvieron un plazo de un año.

6.- Impuestos:

No hay pago de impuestos, como pedían algunos diputados para quienes ganan desde 3,6 millones de pesos mensuales (Matías Walker) o desde 2,5 millones de pesos mensuales (Gabriel Boric).

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