Fase 4 de Apertura en la Región Metropolitana: ¿Qué se puede hacer y qué no?
A partir de este sábado, la capital avanzará a esta etapa del plan Paso a Paso. La modificación en los aforos es el cambio más importante.

Fase 4 de Apertura en la Región Metropolitana: ¿Qué se puede hacer? / Cristobal Escobar/AgenciaUno
A partir de este sábado 28 de agosto, la Región Metropolitana completa ingresará a la Fase 4 de Apertura del plan Paso a Paso. Si bien hay que seguir usando la mascarilla y cuidar las medidas sanitarias básicas, lo cierto es que esta etapa es la que otorga la máxima cantidad de libertades, en el contexto de la pandemia del covid-19.
La última actualización del Paso a Paso, según consta entre los documentos del Ministerio de Salud, fue el 15 de julio. De acuerdo a esta forma, esta Fase 4 tiene las siguientes libertades y restricciones.
Desplazamiento general
Al igual que en la Fase 3 de Preparación, las personas pueden circular por toda la Región Metropolitana. Para los viajes interregionales, de todos modos se debe contar con el pasaporte sanitario C19.
Si bien actualmente no hay ninguna comuna en la Fase 1 de Cuarentena, las comunas en Apertura no deben acudir a los lugares que están en confinamiento total. También al trasladarse a una comuna en Fase 2 de Transición, deben respetarse las medidas de ese lugar.
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Clases en colegios y universidades
En el caso de las clases y actividades presenciales en salas cuna, jardines infantiles y establecimientos de educación escolar, en la Fase 4 de Apertura la asistencia es voluntaria y estos recintos pueden estar abiertos todos los días.
Similar situación ocurre en las clases y actividades presenciales en instituciones de educación superior: la actividad presencial está permitida durante todos los días.
Reuniones en residencias particulares
Están permitidas todos los días y el aforo depende de las personas que cuenten con el pase de movilidad. Si todos los asistentes lo tienen, el aforo es de máximo 40 personas. En el caso contrario, la cantidad baja a 20.
Se debe cumplir un metro de distancia entre las personas. Y para todos los casos, están prohibidas en horario de toque de queda.
Atención de público
En el caso de la atención presencial de público, en lugares como el comercio, museos, parques de diversiones y ferias laborales, variará según la distancia entre las personas versus las dimensiones del recinto: el aforo total de asistentes que cumpla 1 persona cada 8m2 de superficie útil.
Por otra parte, los restaurantes, cafés, fuentes de soda y gimnasios deben cumplir la distancia de dos metros entre mesas o un metro en mesas individuales, o un metro entre máquinas, según corresponda y lo que defina el protocolo específico para cada actividad.
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Actividades sin interacción entre asistentes
Esta medida apunta a las convocatorias de un grupo de personas, a la misma hora, en un determinado lugar y que cumple sí o sí los siguientes cuatro requisitos:
- Los asistentes mantienen una ubicación fija durante toda la actividad
- Los asistentes mantienen una distancia de un metro entre participantes durante
- toda la actividad
- Los asistentes y proveedores del servicio usan la mascarilla de forma permanente
- Sin consumo de alimentos
Esto corre para los casos de seminarios, ritos religiosos, público en recintos deportivos, cines, teatro, circos, entre otros. Para todos los casos, se permite todos los días y el aforo es de 1 persona cada 2 m2 de superficie útil.
En la Fase 4 de Apertura, en el caso de los espacios cerrados, se permite hasta 1.000 personas con pase de movilidad y un máximo de 250 personas si es que alguna de ellas no tiene dicho documento.
Para los espacios abiertos o aire libre, en tanto, el aforo es de máximo 5.000 personas si todos los asistentes portan su pase de movilidad, mientras que en el caso contrario se acepta a máximo 500 personas.
También se establecen consideraciones como:
- Prohibidos en residencias particulares.
- En espacios cerrados se requiere cumplir con norma estándar de ventilación.
- Los aforos consideran a los trabajadores de la actividad.
- No se podrán sumar aforos de espacios abiertos y cerrados para una misma actividad.
- En un mismo recinto, podrán realizarse simultáneamente más de una actividad independiente, siempre y cuando los asistentes de una y otra actividad no tengan ningún tipo de interacción, incluyendo baños y entradas y salidas.
- Siempre podrá haber al menos 5 personas.
- Si la infraestructura del lugar tiene asientos fijos e individuales (butacas), se considerará que se cumple con el metro de distancia entre asistentes si es que se deja libre un asiento entre dos que puedan ocuparse.
Actividades con interacción entre asistentes
Para estos casos, se refiere a aquellas convocatorias de un grupo de personas, a la misma hora, en un determinado lugar y que cumple con al menos una de las siguientes características:
- Los asistentes no mantienen una ubicación fija durante toda la actividad
- ó los asistentes no mantienen un metro de distancia entre participantes
- ó los asistentes no usan la mascarilla de forma permanente
- ó se consume alimentos
Por ejemplo, las actividades y eventos sociales, fiestas de matrimonios, y otros eventos de la categoría de actividad sin interacción entre asistentes, pero con consumo de alimentos. Para todos los casos se permite todos los días y el aforo es de una persona por cada 6 m2 de superficie útil.
Para los eventos en espacios cerrados, el aforo máximo es de máximo 250 personas si todas tienen pase de movilidad y de 100 personas en el caso contrario.
En cambio, para los espacios abiertos, es de máximo 1.000 si todos tienen pase y 250 si no lo tienen.
También se establecen las siguientes consideraciones:
- Prohibidos en residencias particulares.
- En espacios cerrados se requiere cumplir con norma estándar de ventilación.
- Los aforos consideran a los trabajadores de la actividad.
- No se podrán sumar aforos de espacios abiertos y cerrados para una misma actividad.
- En un mismo recinto, podrán realizarse simultáneamente más de una actividad independiente, siempre y cuando los asistentes de una y otra actividad no tengan ningún tipo de interacción, incluyendo baños y entradas y salidas.
Actividad física y deporte
Está permitida todos los días. Para el espacio abierto o aire libre, el aforo es de máximo 1.000 personas con pase de movilidad y 250 si no todos cuentan con el documento.
En tanto, para los espacios cerrados, el máximo es de 250 personas con pase y de 100 sin él.