• 24 ENE 2025

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Ley de Eutanasia: Conoce los detalles del proyecto que será votado este jueves por los diputados

La iniciativa busca que se respete siempre la voluntad de los pacientes que tengan una enfermedad grave e irremediable.

Eutanasia / doble-d

Este jueves la Cámara de Diputadas y Diputados votará el proyecto sobre muerte digna y cuidados paliativos, más conocido como Ley de Eutanasia, impulsado por el parlamentario del Partido Liberal (PL) Vlado Mirosevic.

El proceso inició durante la mañana de este miércoles, sin embargo, debido a la gran cantidad de inscritos para argumentar su postula en la Sala se acordó que la sesión continuará el 15 de abril.

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¿En qué consiste la Ley de Eutanasia?

Regulación

El proyecto de Ley de Eutanasia busca regular la asistencia médica para morir bajo dos formas de aplicación:

  • La administración realizada por un profesional de salud
  • siempre indicada por orden y supervisión médica, de una sustancia a una persona que lo haya requerido y que cause su muerte.
  • La prescripción y dispensación por parte de un médico de una sustancia a una persona que lo haya requerido
  • , de manera que ésta se la pueda autoadministrar causando su propia muerte, siempre bajo supervisión médica al momento de dicha administración.

¿Qué causas debe invocar el paciente para solicitar la muerte asistida?

El paciente debe padecer una enfermedad grave e irremediable, esto se entiende cuando:

  • Ha sido diagnostica de una enfermedad terminal
  • .
  • Cuando el paciente cumple las situientes condiciones copulativamente
  • : Tiene una enfermedad o dolencia seria o incurable; su situación médica se caracteriza por una disminución avanzada e irreversible de sus capacidades; o su enferemeda, dolencia o la disminución avanzada e irreversible de sus capacidades le ocasiona sufrimientos físicos o psíquicos persistentes e intolerables y que no pueden ser aliviados en condiciones que considere aceptables.

Además, el proyecto explicita que el sufrimiento psíquico no podrá entenderse como equivalente al mero diagnóstico de una enfermedad psiquiátrica o psicológica.

¿Cuáles serían los requisitos?

  • Ser mayor de 18 años
  • .
  • Ser diagnosticado por dos médicos especialistas
  • de una enfermedad grave e irremediable.
  • Tener nacionalidad chilena o residencia legal en Chile
  • , o certificado de residencia que acredite un tiempo de permanencia en territorio chileno superior a doce meses.
  • Encontrarse consciente al momento de la solicitud
  • o al momento de haber realizado un documento de voluntad anticipada.
  • Contar con la certificación del uso pleno de sus facultades mentales
  • , descartando enfermedades de salud mental que afecten su voluntad. La certificación solo podrá ser realizada por un psiquiatra.
  • Manifestar su voluntad
  • de manera expresa, razonada, reiterada, inequívoca y libre de cualquier presión externa.

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Objeción de conciencia

Al respecto, el proyecto indica que «tanto el médico requerido para practicar la asistencia médica para morir, como el resto del personal al que corresponda desarrollar sus funciones durante el procedimiento, podrá abstenerse de practicar una muerte medicamente asistida«.

«En este caso, el establecimiento tendrá la obligación de reasignar de inmediato otro profesional no objetante al paciente. Las instituciones privadas de salud que consideren la existencia de una profunda colisión entre sus valores o ideario, que se encuentren previamente definidos, con la obligación establecida en esta ley, podrán exceptuarse del cumplimiento de ésta, mediante una definición adoptada de manera fundamentada por el órgano superior directivo», señala.

Además, el documento señala que «las instituciones que se acojan a esta excepción no podrán sancionar, despedir, limitar o condicionar la contratación de médicos que practiquen o hayan practicado asistencia médica para morir, en recintos diferentes a éste, según lo establecido en esta ley».

Prohibición de publicidad

El proyecto también señala que se prohíbe la publicidad sobre la oferta de centros, establecimientos, servicios, medios, prestaciones técnicas o procedimientos para la aplicación de métodos destinados a poner término a la vida de las personas de conformidad con lo previsto en esta ley. Si en el establecimiento todos los facultativos fueren objetores, el establecimiento tiene el deber derivarlo de forma oportuna.

Cabe señalar que durante la sesión de este miércoles, algunos diputados anunciaron que ingresarán indicaciones al proyecto, las cuales no están mencionadas en la descripción mencionada.

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