Multan a Banco Santander por infringir ley del consumidor por giros sin permiso del titular
Tribunal de alzada confirmó el incumplimiento de la entidad en materia de seguridad.

La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sentencia que condenó al Banco Santander a pagar una multa de 30 UTM (unidades tributarias mensuales) por infringir la ley de protección del consumidor por giros de cuenta realizados sin autorización de titular.
En fallo unánime, la Sexta Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia recurrida, dictada por el Tercer Juzgado de Policía Local de Santiago, que acogió la demanda infraccional presentado por el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac).
La sentencia de la Corte de Apelaciones ratifica el incumplimiento del banco de las obligaciones en materia de seguridad en los giros, que no pueden ser atribuidos a negligencia del cliente.
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