Constitucional de Colombia ordenó que se autorice el género no binario en registro de identidad
El alto tribunal estableció que se reconozca "con las mismas garantías de quienes se identifican oficialmente en forma binaria".
La Corte Constitucional de Colombia ordenó a la Registraduría Nacional del Estado Civil que incluya la categoría «no binario» en los registros de identidad. El alto tribunal estableció que el organismo dispone de un plazo máximo de seis meses para modificar la existencia de solamente los grupos «masculino» y «femenino».
Los magistrados resolvieron que «la configuración de un nuevo marcador de género es un paso inicial hacia participación social efectiva«. El fallo determina que «las personas no binarias (…) puedan optar por esa categoría, con las mismas garantías de quienes se identifican oficialmente en forma binaria».
El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) indica que el 1,8% de los 36 millones de adultos en Colombia se considera parte de la población LGBT+. La decisión llega ante la solicitud de una persona que estaba identificada de sexo masculino y tuvo un proceso de transición desde los 20 años.
[dps_related_post ids=»4855379,4853913″]
La solicitante modificó su nombre en 2015 y se identificó con el sexo femenino. Dani García pidió en 2019 una nueva cédula de identidad que le reconociera de sexo «indeterminado». Por entonces ella expresó que «su apariencia actual no coincide plenamente con el imaginario social sobre las características del sexo femenino».
El Tiempo indica que la Registraduría rechazó la solicitud de García y ella inició la acción ante la corte. El tribunal dio orden al congreso que regule los derechos, servicios y obligaciones que «encuentran en el sexo o en el género un criterio de asignación» para especificar las condiciones para las personas no binarias.