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Corte de Coyhaique admite querella contra fiscal Carlos Palma por revelación de secretos

El tribunal de alzada declaró admisible la acción presentada por la Fiscalía de Los Lagos, lo que abre la puerta para formalizar al persecutor suspendido por su vínculo con el caso Audio.

Corte de Coyhaique admite querella contra fiscal Carlos Palma por revelación de secretos

Corte de Coyhaique admite querella contra fiscal Carlos Palma por revelación de secretos / CRISTIAN VIVERO BOORNES

La Corte de Apelaciones de Coyhaique declaró admisible la querella de capítulos presentada por la Fiscalía Regional de Los Lagos contra el suspendido fiscal regional de Aysén, Carlos Palma, por el presunto delito de violación de secretos. La acción judicial se relaciona con los mensajes que Palma habría intercambiado con el abogado Luis Hermosilla en el marco del denominado caso Audio.

Con esta resolución, la Fiscalía queda habilitada para formalizar cargos en contra del persecutor y solicitar eventuales medidas cautelares. La formalización, sin embargo, quedará en suspenso en caso de que la defensa decida apelar a la Corte Suprema.

La decisión fue adoptada por la sala única de la Corte de Coyhaique —presidida por el ministro Pedro Castro Espinoza e integrada por los ministros Luis Aedo Mora y Natalia Rencoret Oliva— luego de escuchar los alegatos presentados el pasado 3 de abril. En esa audiencia intervinieron la fiscal regional de Los Lagos, Carmen Wittwer; el abogado del Consejo de Defensa del Estado, Paulo Gómez; y el defensor regional, Jorge Moraga.

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La querella apunta a que Palma habría compartido información reservada de una causa por tráfico de drogas con Hermosilla, quien en ese momento colaboraba con el abogado Juan Enrique Urrutia, defensor de uno de los imputados en la investigación. Según la Corte, los antecedentes reunidos “no son acusaciones ligeras ni sin fundamentos”, y las pruebas existentes permiten “estimar que existen elementos básicos del tipo penal de revelación de secreto”, consigna La Tercera.

La defensa de Palma argumentó que la causa ya no era secreta al momento de la comunicación, ya que el secreto había sido levantado dos días antes de los hechos imputados. Sin embargo, el tribunal coincidió con el Ministerio Público en que la ley establece que los delitos investigados bajo la Ley 20.000 mantienen su carácter de reservado para terceros ajenos al procedimiento, como es el caso de Hermosilla.

Desde la Fiscalía Regional de Los Lagos valoraron la resolución de la Corte, señalando en un comunicado que “nos permitirá continuar con las instancias judiciales en esta investigación, una vez que se haya agotado el plazo de apelación, si así ocurre”.

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