Tribunal de Cañete ordena a Fiscalía e INDH pagar $28 millones tras absolución de marino acusado de matar a comunero mapuche
La sentencia cuestionó la falta de sustento probatorio en la acusación y destacó que las costas buscan evitar imputaciones infundadas en procesos penales.

Tribunal de Cañete ordena a Fiscalía e INDH pagar $28 millones tras absolución de marino acusado de matar a comunero mapuche / Diego Martin
Santiago de Chile
El Tribunal Oral en lo Penal de Cañete determinó que el Ministerio Público y el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) deben pagar $28 millones en costas luego de la absolución del infante de marina Ricardo Seguel San Martín, quien había sido acusado del homicidio del comunero mapuche Yordan Llempi.
Los hechos ocurrieron en noviembre de 2021, cuando un operativo de la Armada en la Provincia de Arauco derivó en un enfrentamiento con comuneros. La Fiscalía imputó a Seguel como responsable de la muerte de Llempi, aunque su defensa siempre sostuvo su inocencia.
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Tras el juicio, el tribunal dictó su absolución el 17 de diciembre de 2018, decisión que fue ratificada el 7 de marzo de este año por la Corte de Apelaciones de Concepción.
Esto dice el fallo
El fallo de la Corte señaló que ni la Fiscalía ni el INDH realizaron “el análisis de factibilidad necesario que les permitiera ponderar la pertinencia de llevar a juicio oral a un imputado”, cuestionando la solidez de la acusación.
Agregó que “la cantidad de prueba requerida, impetrada, obtenida o producida, carece de relevancia si ella no logra encaminarse a determinar que el imputado es el autor de una conducta”.
Finalmente, el tribunal acogió la solicitud de la defensa de Seguel para el pago de costas del proceso, ordenando que Fiscalía e INDH cubran la suma en partes iguales. Entre los argumentos, se destacó la extensión del juicio, su complejidad y el impacto que tuvo en el acusado.
Además, el fallo subrayó que las condenas en costas buscan “controlar o evitar la imposición de acusaciones temerarias, velando por el carácter objetivo de la persecución penal”.