Arriesgas multa de $100 mil y rechazo en la revisión técnica: la modificación que se debe sumar a los autos en Chile obligatoriamente en 2025
Existe un plazo límite para el ajuste en los vehículos. Estos son los principales detalles y quiénes no deben hacerlo.

Imagen referencial. / FOTO: LUIS BOZZO B./AGENCIAUNO
Conducir un auto en Chile implica varias responsabilidades para las personas que se ponen frente al volante.
Eso sí, más allá de respetar las normas del tránsito o renovar el permiso de circulación 2025, existe otra obligación inminente que no se debe pasar por alto.
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De hecho, desde mayo de este año ignorar la medida se podría considerar como una infracción de tránsito grave con multas de 1 UTM ($68.306), a 1,5 UTM ($102.459).
Claro que también podría ser uno de los motivos por los que se rechace la revisión técnica cuando corresponda hacer el chequeo anual de la máquina en las PRT.
Esta es la modificación que debes hacer en tu auto (y hasta qué se debe)
Como algunas una conocen, todo apunta al grabado de patentes en vidrios y espejos de vehículos, norma establecida el pasado año 2024 por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT).
Al menos, desde septiembre del año pasado, todos los autos y motos nuevas ya vienen con el ajuste desde el concesionario.
Ahora, la cuenta regresiva está corriendo para aquellos dueños de máquinas ya en circulación y la fecha límite en que se debe tener es el próximo miércoles 14 de mayo, ya que desde el jueves 15 se podrían iniciar las fiscalizaciones.
"El grabado debe estar presente en, al menos, 6 vidrios (laterales, luneta y parabrisas), además de los 2 espejos laterales“, explica el sitio web de Transportes.
¿Quiénes no están obligados a grabar la patente en vidrios y espejos?
Según se estableció, las excepciones son:
- Automóviles de establecimientos comerciales con autorización municipal.
- Vehículos extranjeros en tránsito temporal
- Vehículos nuevos con peso vehicular igual o superior a 3.860 kilogramos, que solo puedan desplazarse por sus propios medios y únicamente para fines de traslado.
- Los vehículos pertenecientes a las Fuerzas Armadas y Carabineros destinados a uso policial/militar.
- Vehículos motorizados antiguos o históricos reconocidos por el Ministerio, conservados o restaurados a su condición original, y que tengan cuarenta o más años de antigüedad.
Complementariamente, si el auto tiene la combinación pintada en sus costados (como taxis o camiones), deberán realizar el grabado solo en espejos laterales y parabrisas.