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Cabo de Carabineros es condenado a 8 años de prisión por lesiones graves y disparos injustificados en protestas del 2019

Además, se condenó a una subteniente a 3 años de presidio tras ordenar uso de armas de fuego. El fallo destaca la violación de protocolos en el uso de armas antidisturbios.

Cabo de Carabineros es condenado a 8 años de prisión por lesiones graves y disparos injustificados en protestas del 2019

Cabo de Carabineros es condenado a 8 años de prisión por lesiones graves y disparos injustificados en protestas del 2019 / Oscar Guerra

Santiago

El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago dictó sentencia contra dos funcionarios de Carabineros por delitos cometidos durante las protestas de octubre de 2019 en La Cisterna.

En un fallo unánime, el tribunal condenó a Belisario Alexis Morales Martínez, entonces cabo primero, a penas efectivas de 5 años y un día, y 3 años y un día de prisión por lesiones graves gravísimas y disparos injustificados, respectivamente.

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Según el fallo, Morales utilizó una escopeta antidisturbios sin justificación ni apego a los protocolos de uso. Los disparos hirieron gravemente a Renzo Valentín Inostroza Canales, quien perdió la visión en un ojo y sufrió múltiples lesiones en su rostro, brazos y piernas.

El tribunal destacó que Morales “aceptó la posibilidad de lesionar” al efectuar los disparos, actuando fuera de los estándares reglamentarios.

Libertad vigilada intensiva

La subteniente Fernanda Belén Cerda Sanhueza, quien ordenó el uso del arma, fue condenada a 3 años y un día de presidio por disparos injustificados. No obstante, cumplirá la pena bajo libertad vigilada intensiva, debido a su perfil social favorable y la ausencia de antecedentes.

Ambos funcionarios fueron absueltos de las acusaciones de apremios ilegítimos por insuficiencia probatoria. Adicionalmente, el tribunal ordenó la inclusión de Morales en el registro nacional de ADN de condenados.

La resolución subrayó que las penas aplicadas responden al marco rígido de la Ley de Control de Armas y que en el caso de Cerda, la libertad vigilada busca “promover su reinserción social en el ámbito personal, comunitario y laboral”.

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