• 23 ENE 2025

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Este es el grupo de chilenos que puede jubilar antes de cumplir la edad requerida (y cuáles son los requisitos)

Existen más de una opción para optar a la pensión por vejez. Revisa aquí los principales detalles de los trámites.

Un dato conocido es que en Chile la edad de jubilación es de 60 años para las mujeres y 65 años para los hombres.

De hecho, esto permite que los afiliados al sistema de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) puedan solicitar la pensión por vejez.

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A partir de ese momento, se comienza a recibir un monto de dinero que se calcula en función del saldo acumulado en las cuentas de capitalización individual, la edad y las expectativas de vida de la persona.

Sin embargo, atención: también existe la opción de realizar un trámite para jubilarse de manera anticipada.

¿Cómo jubilar antes de tiempo en Chile?

Según explica la Superintendencia de Pensiones (SP) en su sitio web, existen dos requisitos para optar por pensionarse por vejez de manera anticipada. Claro que ambos se deben cumplir de manera simultánea, siendo:

  • Obtener una pensión igual o superior al 70% del promedio de las remuneraciones imponibles percibidas y rentas declaradas, calculado según lo dispuesto en el artículo 63 del Decreto Ley N° 3.500, de 1980.
  • Obtener una pensión igual o superior a 12 Unidades de Fomento (UF).

Por otro lado, también existe la alternativa de “pensión de vejez anticipada por realizar trabajos pesados”, también tildada como “por invalidez”.

Mensual y de por vida, dichas situaciones son aprobadas oficialmente por el Instituto de Previsión Social (IPS) o la Comisión Ergonómica Nacional. En cifras, permitiría rebajar entre 1 y 10 años la edad para obtener la pensión.

Acorde a lo que expone la Superintendencia, la persona afiliada a una AFP, cuyo puesto de trabajo se encuentra calificado como trabajo pesado, podrá acceder a una pensión de vejez. las rebajas implican:

  • Dos años por cada cinco años en que hayan efectuado la cotización del 2% (tanto de la trabajadora o el trabajador como de su empleadora o empleador), con un máximo de 10 años de rebaja.
  • Un año por cada cinco años en que hayan efectuado la cotización del 1% (de la trabajadora o el trabajador y su empleadora o empleador), con un máximo de cinco años de rebaja.

En el caso de los trabajados del antiguo régimen, la es:

  • De un año por cada cinco años en que se haya realizado trabajos pesados, con un tope de cinco años de rebaja.
  • De dos años por cada cinco años en que haya realizado trabajos pesados en minas o fundiciones, con un tope de 10 años.

Los datos que despliega ChileAtiende sobre trabajos pesados (disponibles aquí), considera las siguientes labores:

  • Que producen desgaste orgánico excepcional, por requerir un esfuerzo físico excesivo.
  • Que se realizan habitualmente a temperaturas excesivamente altas o bajas.
  • Que se llevan a cabo habitual e íntegramente de noche.
  • Que se realizan en forma subterránea o submarina.
  • Que se desarrollan en alturas superiores a los 4.000 metros sobre el nivel del mar.

Naturalmente, aquellos que estén interesados en los escenarios antes descritos deben acercarse a su AFP para iniciar el proceso.

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