Mane Swett sufre duro revés judicial en proceso para recuperar a su hijo en Estados Unidos
La actriz chilena recibió malas noticias en su intento de volver a Chile junto a su retoño.
El reciente fallo de la Corte de Apelaciones dejó un segundo golpe significativo para Mane Swett en su batalla legal por la custodia de su hijo con John Bowe. Este 31 de octubre, y mucho antes de lo previsto, los tres jueces de la Corte emitieron un dictamen en cinco carillas y media rechazando la apelación de la actriz chilena.
Además, ratificó el fallo del Tribunal de Distrito del segundo distrito sur de Nueva York, que había otorgado la custodia del menor a Bowe. Con este fallo, la posibilidad de apelar ante la Corte Suprema aún existe, pero en Estados Unidos esta instancia solo selecciona algunos casos anualmente, lo que no garantiza que la intérprete pueda llevar su apelación hasta el máximo tribunal.
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En el proceso de apelación, que inició el 22 de mayo, la defensa de Mane Swett argumentó ante los jueces el pasado 10 de septiembre, donde expuso junto a la abogada de Bowe. En su declaración, el abogado de la actriz, Richard Min, cuestionó la interpretación del Tribunal de Distrito sobre la fecha en la que se consideró que Bowe retuvo al niño.
Según Min, la fecha original de retención fue el 26 de febrero de 2023, cuando Bowe notificó formalmente a la intérprete chilena su decisión de no devolver al niño a Chile tras el permiso inicial, y no el 8 de enero de 2023, cuando el padre tenía que regresar al menor.
La defensa alegó que, al tomar como referencia el 8 de enero, el Tribunal fijó incorrectamente la fecha de retención, afectando así la interpretación del caso y los plazos estipulados en el Convenio de La Haya sobre Sustracción Internacional de Menores.
Para el equipo legal de Mane Swett, la solicitud de restitución interpuesta en febrero de 2024 habría estado dentro del plazo de un año requerido por el Convenio, ya que la retención comenzó formalmente el 26 de febrero. La defensa argumentó que, por tanto, no se podría acreditar que el niño estuviera “bien asentado” en Nueva York, dado que para entonces no había pasado un año desde que la madre presentó la petición.
Basándose en esto, la actriz buscaba cuestionar la validez de la opinión del menor, quien, según la resolución inicial, “se opuso rotundamente a ser devuelto a Chile”. Esta objeción del niño fue uno de los puntos determinantes en el fallo original.
Los argumentos de la Corte de Apelaciones para fallar contra Mane Swett
Sin embargo, los jueces de la Corte de Apelaciones respaldaron la posición del Tribunal de Distrito en lo que respecta a la fecha de retención. En su fallo, indicaron que “el Tribunal de Distrito concluyó correctamente que, incluso después de una instancia inicial de retención ilícita, un padre puede extender la autorización para que el niño permanezca fuera del país de residencia habitual, pero también fue correcto concluir que Swett no extendió consensualmente el tiempo autorizado y, en cambio, simplemente accedió a las circunstancias que sintió que no podía cambiar después de que Bowe retuviera injustamente al niño, el 8 de enero de 2023″.
El fallo también señaló que la intérprete chilena carecía de control efectivo sobre la situación, recordando que, tras la retención del menor, la actriz había presentado una denuncia ante las autoridades chilenas el 10 de enero de 2023. Los jueces concluyeron que Mane Swett no tenía motivos para creer firmemente que Bowe devolvería al menor al término de la prórroga inicial, lo cual reforzó la conclusión del Tribunal de Distrito de que la fecha de retención efectiva fue el 8 de enero de 2023.
Una vez aclarado el tema de la fecha, el fallo de la Corte de Apelaciones también invalidó el cuestionamiento de la defensa de la actriz sobre la relevancia de la opinión del niño. En el fallo se establece: “En cuanto a las cuestiones restantes planteadas por Swett en la apelación, mantenemos a firme las razones articuladas por el Tribunal de Distrito en su opinión detallada (N. de la R.: el fallo tiene 102 carillas) y la orden dictada el 7 de mayo de 2024″, según consignó LUN.
Este fallo de la Corte de Apelaciones ratificó la decisión previa del Tribunal de Distrito y determinó que el niño podrá continuar viviendo con su padre en Nueva York, con base en dos puntos principales del Convenio de La Haya: que el menor está “bien asentado” y su objeción expresa a ser trasladado a Chile, argumentos sostenidos por los artículos 12 y 13 de dicho convenio.
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