Arriesgan penas de cárcel en Chile: estas son 3 infracciones de tránsito que van más allá de una multa en dinero
Las faltas están establecidas en la Ley de Tránsito e implican pasar tiempo tras las rejas. Revisa acá todos los detalles.
Todas aquellas personas que conducen un vehículo en Chile deben seguir rigurosamente las señaléticas del tráfico y todo lo que establece la Ley de Tránsito.
Esto considerando que, faltar a la normativa, podría significar una infracción que conlleva multas económicas o, incluso, una pena de cárcel.
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Bajo ese contexto, dichas infracciones que conllevan una penalización con cárcel corresponden a casos diferenciados que no catalogan en las faltas leves, menos graves, graves o gravísimas.
Arriesgan penas de cárcel en Chile: estas son 3 infracciones de tránsito que van más allá de una multa en dinero
De acuerdo a la Ley de Tránsito, hay una serie de infracciones de tránsito que podrían implicar una penalización de cárcel. Entre ellas, figuran las siguientes:
- Organizar o participar en carreras no autorizadas en un vehículo motorizado.
- Conducir un vehículo que requiera de licencia profesional sin tenerla.
- Conducir con la licencia suspendida, cancelada o inhabilitada.
La pena de cárcel por organizar o participar en carreras no autorizadas
Según especifica el sitio especializado Autofact, organizar o participar a lo que se le conoce como una carrera clandestina, implica sanciones de, por ejemplo, presidio menor en su grado mínimo (61 días a 541 días de cárcel) o una multa de 2 a 10 UTM, es decir, de $133.122 a $665.610.
Eso sí en caso de que, producto de la carrera, se causen lesiones menos graves o graves, se castigará con presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años de cárcel). No obstante, si se causa la muerte de una persona, se penalizará con presidio menor en su grado máximo (3 años y 1 día a 5 años de cárcel).
En tanto, si se ocasionan lesiones que produzcan demencia, inutilidad para el trabajo, impotencia, impedimento de algún miembro importante o notable deformidad, se castigará con presidio menor en presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo (3 años a 10 años de cárcel).
Conducir un vehículo que requiera licencia profesional sin tenerla
Acorde al artículo 194 de la Ley de Tránsito, aquellos conductores que circulen en un vehículo que requiera licencia profesional sin tenerla arriesgan presidio menor en su grado mínimo a medio (61 días a 3 años de cárcel).
Conducir con la licencia suspendida, cancelada o inhabilitada
El artículo 209 de la Ley de Tránsito, apunta a que las personas que circulen con la licencia suspendida, cancelada o inhabilitada, serán castigados con presidio menor en su grado mínimo (61 días a 541 días de cárcel).
Además, arriesgan una multa de 10 UTM, es decir, de $665.610, según el valor de la UTM de octubre de 2024.
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