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Adulto mayor vence judicialmente a edificio que le obligaba a quitar la malla de protección del balcón del departamento donde reside su nieto

El hombre salió en defensa de su familia, luego de que recibieran una importante multa tras negarse a hacer lo que le decían desde la administración del recinto.

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Agencia UNO

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A fines del 2023, Sergio Monardes, odontólogo residente en La Reina, recibió un correo de la administración del condominio en el que vive con su familia, exigiéndole que retirara una malla de seguridad que había colocado en su terraza. Según la administración, esta instalación alteraba la estética del edificio, y si no la retiraba, se le aplicaría una multa de 3 UF, unos $110.199 en ese momento.

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El dentista instaló la malla para proteger a su hijo de dos años, ya que el departamento está en un cuarto piso y la seguridad era su principal preocupación. El balcón no tiene techo ni bordes para fijar la malla directamente, por lo que Sergio optó por añadir una estructura de aluminio blanco para sujetarla, lo que fue considerado inapropiado por la administración del Condominio Terranova Plaza Ossandón.

La administración argumentó que la instalación violaba el reglamento de copropiedad del edificio, que prohíbe “colgar ropa en las terrazas del condominio o en los bienes asignados en uso y goce exclusivo; colocar, ya sea en la fachada, techo, techumbre, terrazas, o en los pasillos del condominio, objetos o letreros que alteren el ornato o estética de los mismos”.

El recurso de protección contra el edificio

A pesar de la advertencia, Monardes decidió no quitar la malla de seguridad, lo que resultó en una multa que fue incluida en el gasto común de enero de 2024. Para defender su decisión, el padre del propietario, también llamado Sergio Monardes, presentó un recurso de protección ante los tribunales, alegando que se estaban violando los derechos constitucionales de su nieto, en particular su derecho a la vida y a la integridad física.

El abuelo del niño de dos años explicó su postura a LUN, diciendo: “Ellos querían asimilar colgar ropa con la vida del niño. Para mí eso no tiene ningún punto de comparación, no sé quién los puede comparar”.

La Corte de Apelaciones inicialmente falló en contra de la familia Monardes, indicando que el caso debía ser resuelto en el Juzgado de Policía Local. No obstante, la Corte Suprema revocó esta decisión hace unos días, otorgando el derecho a mantener la malla de seguridad.

En su fallo, la Corte Suprema concluyó que la retirada de la malla pondría en riesgo la seguridad del niño y que no se había demostrado que la instalación afectara “de manera clara y evidente” la estética del edificio. “Se dispone que el actor podrá mantener la malla de seguridad instalada en el balcón del departamento, sin perjuicio de acciones que puedan ejercer las partes ante el Juzgado de Policía Local”, señaló el tribunal en su veredicto.

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