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Dirección del Trabajo da a conocer el listado de empresas condenadas por prácticas antisindicales en el primer semestre del 2024

Desde retail hasta medios de comunicación, son las compañías a las que se le acusan variados actos desleales hacia sus trabajadores.

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Dirección del Trabajo da a conocer el listado de empresas condenadas por prácticas antisindicales en el primer semestre del 2024

Dirección del Trabajo da a conocer el listado de empresas condenadas por prácticas antisindicales en el primer semestre del 2024 / Diego Martin

Santiago

La Dirección del Trabajo (DT) dio a conocer la lista de 13 empresas condenadas por realizar prácticas antisindicales durante el primer semestre de 2024.

Entre las compañías sancionadas se encuentran Radio Bío Bío, Falabella Retail S.A., y Banco Ripley S.A., las cuales fueron juzgadas por diversas infracciones que atentan contra la libertad sindical de los trabajadores.

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Según informó la DT, los tribunales emitieron 13 sentencias condenatorias, 11 de ellas dictadas en Santiago, y las otras dos en Carahue y Puerto Montt.

Las conductas sancionadas incluyen la discriminación por afiliación sindical, prácticas desleales en la negociación colectiva, el reemplazo ilegal de trabajadores en huelga y el despido por razones relacionadas con la libertad sindical.

La Dirección de Trabajo destacó que, en la mitad de los casos, jugó un rol activo al llevar las denuncias ante los tribunales, reforzando su papel en la protección de los derechos laborales y la transparencia.

Las 13 empresas condenadas durante este periodo fueron:

  • Bío Bío Comunicaciones S.A.
  • Prestaciones y Asesorías Trongol Limitada
  • Telefónica Servicios Corporativos Limitada
  • Ezentis Chile S.A.
  • Banco Ripley S.A.
  • Corporación Educacional Rafael Sotomayor
  • Signal Security SPA
  • Falabella Retail S.A.
  • Electrolux de Chile S.A.
  • Comunidad Edificio Paseo Barrio Lastarria
  • Estudio Jurídico BDV Abogados y Compañía Ltda
  • Comercial Lily Limitada y Naviera Orca Chile S.A.
  • Naviera Orca Chile S.A.

Además de las multas impuestas, estas empresas quedarán excluidas por dos años del sistema de compras públicas del Estado, según lo estipula la Ley 19.886. Esto significa que no podrán proveer bienes o servicios al sector público durante ese período.

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