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Este es el grupo de chilenos que NO será vocal de mesa en las Elecciones Municipales 2024 de octubre

Consulta aquí los detalles de las personas que ya están excluidas de ejercer esta labor.

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Este es el grupo de chilenos que NO será vocal de mesa en las Elecciones Municipales 2024 de octubre

Este es el grupo de chilenos que NO será vocal de mesa en las Elecciones Municipales 2024 de octubre / Cristian Vivero Boornes

Como ya es conocido, el 26 y 27 de octubre se realizaran las Elecciones Regionales y Municipales en Chile 2024, proceso mediante el cual se definirán a gobernadores regionales, consejeros regionales, alcaldes y concejales.

Implicando el voto obligatorio, será precisamente este sábado 5 cuando publicará la nómina de vocales de mesa, que se podrá consultar directamente a través del sitio web del Servicio Electoral de Chile (Servel).

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Pero ojo, porque existe un grupo de personas que no podrán ser designadas en esta última labor, la que consiste, a grandes rasgos, en supervisar el correcto funcionamiento del proceso democrático. Revisa a continuación el detalle:

Este es el grupo de personas que NO serán designados como vocales de mesa en Chile, según el Servel

Según define el organismo a través de su sitio web, basados en la legislación actual, la lista incluyen:

  • Quien haya sido designado miembro del Colegio Escrutador o estar comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700
  • Las personas que desempeñen cargos de elección popular, incluyendo a presidente de la República, Parlamentarios, Alcaldes y Concejales.
  • Los cónyuges de candidatos o candidatas, parientes consanguíneos o afines en toda la línea recta y en la colateral hasta el segundo grado inclusive.
  • Extranjeros, no videntes, analfabetos y aquellos condenados por delitos que regulen las leyes electorales.
  • Ministros de Estado, Subsecretarios, Delegados Presidenciales Regionales, Delegados Presidenciales Provinciales, Gobernadores Regionales, Consejeros Regionales.
  • Embajadores y cónsules del país.
  • El contralor general de la república, jefes superiores de servicio y secretarios regionales Ministeriales.
  • Los magistrados de los Tribunales, jueces letrados y de policía local, fiscales del Ministerio Público.
  • Los miembros de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad en servicio activo (sin incluir al persona administrativo de cualquiera de estas ramas).

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