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Elecciones 2024 en Chile: de cuánto es la multa si sales vocal de mesa y no te presentas en el local

A finales de octubre se llevarán a cabo los comicios para elegir gobernadores, consejeros, alcaldes y concejales.

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Elecciones 2024 en Chile: de cuánto es la multa si sales vocal de mesa y no te presentas en el local

Elecciones 2024 en Chile: de cuánto es la multa si sales vocal de mesa y no te presentas en el local / Lukas Solis

Este sábado 5 de octubre se dará a conocer la nómina de vocales de mesa para las Elecciones Municipales 2024 en Chile.

En detalle, la instancia democrática se desarrollará el sábado 26 y domingo 27 de este mes y contará con voto obligatorio.

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Como es usual, la consulta con RUT se podrá hacer a través del sitio web oficial del Servicio Electoral de Chile (Servel) y el trabajo consistirá en velar por el correcto funcionamiento del proceso.

En ese contexto, el rol sería remunerado con un monto de dinero equivalente a 2/3 de UF (cerca de $25.000 según el Servicio de Impuestos Internos).

¿Qué multa arriesgan los vocales de mesa que no se presentan?

Según establece la legislación, aquellos ciudadanos que hayan sido designados y no asistan a cumplir con la obligación arriesgan una multa que va entre las 2 y hasta las 8 UTM. Vale decir, de $133.122 a 532.488, en el presente mes.

Pero ojo, aquellos que formen parte de la nómina también tendrán un periodo de excusa del 7 al 9 de octubre, siempre que se cumplan algunas causales de excusas detallas en la ley 18.700.

De hecho, en esa última lista aparecen motivos como tener más de 70 años de edad o estar física o mentalmente imposibilidad para la función (revisa todos los detalles pinchando aquí).

¿Quiénes no pueden ser vocales de mesa en Chile?

Acorde a la información que despliega el Servel en su web, las personas que no pueden ser designadas como vocales son:

  • Quien haya sido designado miembro del Colegio Escrutador o estar comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700.
  • Personas que desempeñen cargos de elección popular.
  • Cónyuges de candidatos o candidatas, parientes consanguíneos o afines en toda la línea recta y en la colateral hasta el segundo grado inclusive.
  • Extranjeros, no videntes, analfabetos y condenados por delitos que regulen las leyes electorales.
  • Ministros de estado, subsecretarios, delegados presidenciales regionales, delegados presidenciales provinciales, gobernadores regionales, consejeros regionales.
  • Embajadores y cónsules de Chile.
  • El contralor general de la república, jefes superiores de servicio y secretarios regionales ministeriales.
  • Magistrados de los tribunales, jueces letrados y jueces de policía local, fiscales del ministerio Público.
  • Los miembros de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad en servicio activo, sin considerar al personal que ejerce labores administrativas.

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