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Para tener en cuenta: estos son los 3 exámenes médicos por los que se puede faltar al trabajo sin arriesgar un descuento de sueldo

El Código del Trabajo especifica que hay ciertos exámenes por los cuales las personas pueden ausentarse a sus labores. Revisa acá todos los detalles.

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Para tener en cuenta: estos son los 3 exámenes médicos por los que se puede faltar al trabajo sin arriesgar un descuento de sueldo

Para tener en cuenta: estos son los 3 exámenes médicos por los que se puede faltar al trabajo sin arriesgar un descuento de sueldo / Lourdes Balduque

En caso de que te encuentres trabajando, es probable que, en más de alguna ocasión, te haya pasado que te cueste conciliar la asistencia laboral con estar al día en tus exámenes de salud.

No obstante, existen 3 exámenes médicos que, por ley, permite a las personas poder ausentarse de sus labores sin correr el riesgo de sufrir descuentos en su sueldo.

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Los 3 exámenes de salud por los cuales se puede faltar a la jornada laboral sin arriesgar un descuento de sueldo

Según indica el artículo 66 bis del Código del Trabajo, para los exámenes médicos de próstata, mamografía y papanicolau, los trabajadores contarán con un permiso para ausentarse a sus labores, sin arriesgar ningún tipo de descuento en sus sueldos.

Así la ley indica que “las trabajadoras y los trabajadores, cuyos contratos de trabajo sean por un plazo superior a treinta días, tendrán derecho a medio día de permiso, una vez al año durante la vigencia de la relación laboral” para realizarse los exámenes antes mencionados.

En el caso de los contratos de trabajo celebrados por un plazo fijo o para la realización de una obra determinada, el derecho podrá ejercerse “a partir de los treinta días de celebrado el contrato de trabajo, y en cualquier momento durante la vigencia de éste”.

Por otro lado, la norma estipula que el tiempo dispuesto para la realización de los exámenes incluye el traslado del trabajador o trabajadora hasta el correspondiente centro de salud.

“El tiempo en el que los trabajadores se realicen los exámenes, será considerado como trabajado para todos los efectos legales; asimismo, este permiso no podrá ser compensado en dinero, ni durante ni al término de la relación laboral, entendiéndose por no escrita cualquier estipulación en contrario”, especifica el Código del Trabajo.

¿Cómo pueden los trabajadores acceder a este derecho?

Para hacer ejercicio del derecho en cuestión, las y los trabajadores deben dar aviso al empleador con una semana de anticipación a la realización de los exámenes.

“Asimismo, deberán presentar con posterioridad a éstos, los comprobantes suficientes que acrediten que se los realizaron en la fecha estipulada”, detalla el articulado.

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