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¿Por qué Eduardo Macaya no está en la cárcel? Esta es la figura legal que le permite seguir en arresto domiciliario

El padre del senador Macaya fue condenado a seis años de cárcel por abuso sexual contra dos menores de edad; sin embargo, aún se encuentra con arresto domiciliario.

10 DE JULIO DE 2024 / SAN FERNANDO 
Llega a la Lectura de veredicto, Eduardo Macaya acusado de Abuso impropio de Menores desde el Tribunal Oral en Lo Penal de San Fernando
FOTO: DIEGO MARTIN /AGENCIAUNO

10 DE JULIO DE 2024 / SAN FERNANDO Llega a la Lectura de veredicto, Eduardo Macaya acusado de Abuso impropio de Menores desde el Tribunal Oral en Lo Penal de San Fernando FOTO: DIEGO MARTIN /AGENCIAUNO / Diego Martin

El caso de Eduardo Macaya, condenado a seis años de prisión por abuso sexual reiterado contra menores de edad, ha provocado un intenso debate en la sociedad sobre el sistema judicial y presuntos privilegios con que gozarían personajes influyentes.

Una de las primeras polémicas se desató cuando el segundo Juzgado de Garantía de Rancagua revocó la prisión preventiva del padre del senador Macaya, a cambio de entregar un pago de 150 millones de pesos, lo que le permitió continuar su juicio con arresto domiciliario.

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Por otro lado, una vez que Macaya Zentilli fue condena a los 6 años de cárcel, se volvió a decretar prisión preventiva en su contra; sin embargo, tras tres días en la cárcel de Rancagua, este retornó a su arresto domiciliario. Además, surgieron acusaciones de trato privilegiado al interior del penal, lo que motivó un sumario administrativo a Gendarmería.

La decisión de la Corte de Apelaciones de Rancagua fue duramente cuestionada, ya que Eduardo Macaya retorno a su hogar, pese a ser considerado culpable por la justicia chilena.

Desde el tribunal de alzada argumentaron que la pena no se encuentra ejecutoriada, por lo que Macaya aún goza de presunción de inocencia, sumado a que las partes no habrían entregado antecedentes que aumentaran el riesgo de fuga, peligros para la investigación o para la sociedad y las víctimas.

¿Qué significa que la pena no esté ejecutoriada?

En un estudio publicado por la Biblioteca de Congreso Nacional, señala que “la sentencia judicial definitiva firme o ejecutoriada, es decir aquella que ha sido notificada a las partes y respecto de la cual ya no procede recurso alguno (art. 174, Código de Procedimiento Civil, CPC), es la que pone fin a la instancia, resolviendo la cuestión o asunto que ha sido objeto del juicio (art. 158, inciso 2, CPC)”.

Es decir, una condena ejecutoriada es la que ya no tiene instancias de apelación y ha sido notificada a las distintas partes involucradas en el juicio.

En el caso de Eduardo Macaya, este tiene 10 días desde que se comunicó su condena para presentar una apelación, por lo que su proceso aún no puede ser decretado como “firme” o “ejecutoriado”. Esta norma fue la que utilizó la Corte de Apelaciones de la región de O’Higgins para levantar la prisión preventiva contra el condenado por abusos sexual reiterado contra menores.

Estos argumentos entregados por la Corte de Apelaciones han sido públicamente criticados por varios abogados penalistas, entre ellos el ex fiscal Carlos Gajardo, quien lo tildó de “mala señal”.

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