;

Ley Karin en Chile: ¿será acoso si me envían mensajes de WhatsApp fuera del horario laboral?

La medida modifica el Código del Trabajo frente a las conductas indebidas. Queda muy poco para su entrada en vigencia.

Revisa la seccion lo ultimo
Ley Karin en Chile: ¿será acoso si me envían mensajes de WhatsApp fuera del horario laboral?

Ley Karin en Chile: ¿será acoso si me envían mensajes de WhatsApp fuera del horario laboral? / -

La Ley Karin o Ley de acoso laboral en Chile es una de las iniciativas que ha despertado mayor interés en las últimas semanas y su entrada en vigencia será el próximo jueves 1 de agosto.

También conocida como Ley 21.643 se trata de una medida que regula la prevención, investigación y sanción del acoso laboral y sexual, además de la violencia en las labores.

Revisa también:

ADN

De hecho la misma modifica el Código del Trabajo actual y, por ejemplo, establece como una obligación que las empresas y los órganos del Estado tengan un protocolo de prevención en la materia.

Claro que la implementación también ha generado algunas dudas sobre qué se considerará acoso y una de ellas tiene directa relación con una práctica que podría ser común: el recibir mensajes de WhatsApp antes o después del horario laboral establecido en el contrato.

Un punto que fue esclarecido recientemente por parte de la autoridad que ejercerá labores de fiscalización.

Ley Karin: ¿será acoso recibir mensajes de WhatsApp fuera del horario laboral?

“No puedo ser categórica que sí (es acoso) o no”, explicó Pamela Gana, Superintendenta de Seguridad Social, en una entrevista con El Mercurio.

A modo de ejemplo apuntó a que no sería necesariamente una mala práctica si una empresa llega a un acuerdo para trabajar fuera del horario laboral -durante el fin de semana- porque se debe entregar un trabajo el lunes. “Está en un contexto de conversación”, planteó sobre la chance de recibir mensajes.

“Es distinto de que si un empleador empieza a enviar WhatsApp a horas que sobrepasan con creces la jornada laboral y de materias irrelevantes”, aclaró en el mismo diálogo.

En detalle, el texto legal establece que el acoso laboral ocurría en una situación donde se presenten cuatro elementos de manera concurrente. Ahí se cuenta:

  • Una situación permanente o reiterada a lo largo del tiempo.
  • Que sea en el lugar de trabajo formal.
  • Que se produzca por cualquier medio.
  • Que ocasiones menoscabo, maltrato o humillación.

En una línea similar una encuesta reciente realizada por la Fundación Carlos Vial Espantoso lanzó la pregunta: “¿Considera que es acoso laboral que su jefatura le escriba WhatsApp o llame periódicamente fuera del horario laboral?”.

De los 230 participantes, 65,5% se inclinó por la opción “Sí” y un 34,5% por la opción “No”.

Contenido patrocinado

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen vivo

ADN Radio
En vivo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

URL copiada al portapapeles

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad