Asignación Familiar y Maternal 2024: cuáles son los nuevos montos de dinero y quiénes pueden obtenerlos
Desde este mes de julio los beneficiarios recibirán nuevos montos dependiendo de sus tramos de ingresos. Revisa acá todos los detalles.
Uno de los beneficios estatales que reciben tanto los trabajadores dependientes e independientes, como también los pensionados o subsidiados, es la Asignación Familiar y Maternal 2024.
Dicho aporte se encarga de incrementar el sueldo de los trabajadores y trabajadoras de Chile, otorgando montos por cada carga familiar acreditada.
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A partir de este mes de julio, el Instituto de Previsión Social (IPS) anunció que la Asignación Familiar y Maternal tendrá un reajuste, el cual otorgará un nuevo monto a los beneficiarios.
Así, los montos reajustados del beneficio se pagarán desde julio del 2024. En el caso de los pensionados del IPS, considerando que el proceso de este mes ya se ejecutó, se les pagará la diferencia en los meses siguientes como pago retroactivo.
Cabe precisar que la Asignación Familiar corresponde a una ayuda económica que se paga mensualmente a cada beneficiario por cada una de sus cargas junto a la remuneración o pensión. En tanto, la Asignación Maternal es el mismo aporte, al cual tienen acceso las trabajadoras por el periodo de embarazo o los trabajadores respecto de sus cónyuges embarazadas.
Estos son los nuevos valores de la Asignación Familiar y Maternal
Tras el reajuste del 4,5% en el monto de la Asignación Familiar y Maternal, los beneficiarios recibirán una nueva suma de dinero. A continuación el detalle:
Monto por carga de acuerdo al ingreso | Tramos de ingresos de personas beneficiarias |
---|---|
$21.243. | Para aquellas personas cuyo ingreso no supere los $586.227. |
$13.036. | Para quienes perciban un ingreso mensual que fluctúe entre $586.228 y hasta $856.247. |
$4.119 | Para personas cuyo ingreso mensual sea entre $856.248 y hasta $1.335.450. |
¿Quiénes pueden acceder al beneficio?
Según se especifica en el sitio web de ChileAtiende, pueden acceder al beneficio los trabajadores y trabajadoras dependientes del sector público y privado. Además, son beneficiarias las siguientes personas:
- Trabajadora o trabajador independiente afiliado a un régimen previsional a partir del 1 de enero de 1974.
- Trabajadora o trabajador independiente que no cotiza en el sistema de AFP y tiene una o más cargas acreditadas ante el Instituto de Previsión Social (IPS).
- Persona beneficiaria del Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (monto de dinero que reemplaza la remuneración durante la licencia médica).
- Pensionado o pensionada de cualquier régimen (AFP, IPS, Capredena, Dipreca, entre otros).
- Pensionado o pensionada de viudez, y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
- Persona natural con niños y/o niñas a cargo por resolución judicial.
- Trabajador o trabajadora con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesante recibe Asignación Familiar.
- Persona beneficiaria de la Pensión Garantizada Universal (PGU) o Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI), en cuyo caso solo se puede ser beneficiario respecto de los descendientes que vivan a su cargo y que cumplan con los requisitos para ser causantes del sistema; y siempre considerando el tramo de ingresos del beneficiario, para acceder al monto de la asignación.
- También recibirán la Asignación Familiar las instituciones acreditadas por el Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.