Japón: corte declara como inconstitucional la ley de esterilización forzada
La norma de Protección de la Eugenesia permitía esterilizar a mujeres con discapacidades o enfermedades hereditarias. También los abortos para evitar descendencia “inferior”.
Tokio de Japón
El Tribunal Supremo de Japón declaró inconstitucional la Ley de Protección de la Eugenesia que permitía la esterilización forzada de las mujeres. Aunque la norma se encontraba sin uso, estuvo vigente entre 1948 y 1996, causando daños irreparables a decenas de miles de personas. La decisión de la corte suprema nipona llega a modo de reparación para las víctimas, al determinar que el Estado debe entregar indemnizaciones adicionales luego de considerar que no aplica el criterio de prescripción de 20 años para las acciones ilícitas que contemplan estos casos.
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Los datos oficiales muestran que la ley de esterilización fue practicada a unas 25.000 mujeres y 16.000 de ellas sin su consentimiento. La eugenesia era aplicada a personas con discapacidades o enfermedades hereditarias, pero también se efectuaron abortos para evitar una descendencia que se veía como “inferior”. La decisión de la suprema es su primer fallo sobre el tema luego de años de lucha de las afectadas que no tuvieron una compensación estatal.
Las víctimas iniciaron procedimientos judiciales exigiendo que las indemnizaciones no tuvieran fecha de caducidad y que se entregaran compensaciones más justas. En el caso que acaba de definir la corte suprema de Japón fue iniciado por cinco demandantes en representación de las 39 personas que buscan desde 2018 una reparación gubernamental. Las acciones con contra del Estado fueron presentadas en los tribunales de Sapporo, Sendai, Tokio, Osaka y Kobe.
El Canal NHK da cuenta que se trata de la decimotercera vez desde la Segunda Guerra Mundial en que el Tribunal Supremo declara inconstitucional una norma. El Estado de Japón argumentaba que no estaba obligado a pagar las indemnizaciones por el largo tiempo transcurrido desde las esterilizaciones. Los magistrados del máximo tribunal establecieron una indemnización en cuatro de los casos y la revisión en el juzgado de la quinta presentación.
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