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Ley de etiquetas en las botellas de alcohol: esta semana entra en vigencia la norma y así lucirán los sellos de advertencia

La iniciativa estable más obligaciones en la comercialización, etiquetado y publicidad de este tipo de bebidas.

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Ley de etiquetas en las botellas de alcohol: esta semana entra en vigencia la norma y así lucirán los sellos de advertencia

Ley de etiquetas en las botellas de alcohol: esta semana entra en vigencia la norma y así lucirán los sellos de advertencia / JESÚS MARTÍNEZ/AGENCIA UNO

El mes de julio está marcado por la entrada en vigencia de varias materias políticas, y si bien ya se concretó el alza en el sueldo mínimo en Chile o el aumento en las tarifas de la luz, en las próximas jornadas también entrará en vigencia la ley de etiquetados de alcoholes.

Se trata de una iniciativa que establece nuevas normas relacionadas con la comercialización y publicidad de las bebidas, incluyendo varias limitaciones y la obligación de sumar diversas advertencias sobre el consumo nocivo de este tipo de productos.

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De hecho, este 7 de julio de cumple un año desde la publicación del reglamento en el Diario Oficial, el plazo establecido para que una buena parte de la idea se concrete.

En ese contexto lo que se planteó en un inicio fue:

  • Rotular las Calorías.
  • Prohibir la publicidad dirigida a menores de edad.
  • Prohibir la publicidad de bebidas alcohólicas entre 06:00 a 22:00 horas en televisión y entre 16:00 a 18:00 horas en radio.
  • Rotular advertencias sanitarias, respecto al consumo de alcohol y su relación con el embarazo, la conducción y los menores de edad.
  • Incorporar en todo tipo de publicidad las advertencias sanitarias.

Así las botellas con 0,5 grados o más de alcohol deberán llevar sellos característicos. Los que puedes revisar a continuación:

Así lucen las etiquetas para la botellas de alcohol en Chile:

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El responsable de la adhesión de la advertencia será el productor o fabricante en el caso de los productos nacionales, y el importador cuando las bebidas sean importadas, debiendo cumplirse estas obligaciones previo a su comercialización”, explica el reglamento en uno de sus artículos.

Eso sí, un segundo tramo de restricciones se haría efectivo más adelante. “Sobre la rotulación y las advertencias (incluida su publicación en la publicidad) entrarán en vigor el 07 de julio de 2024 (...) Sobre las restricciones en la publicidad, entrará en vigor el 07 de julio de 2026″, explican en la web del Ministerio de Salud (Minsal).

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