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Mientras se resuelve nulidad: Corte Suprema revierte prisión preventiva del oncólogo Manuel Álvarez condenado por abuso sexual

Álvarez fue condenado el 23 de abril de 2023 por abuso sexual de dos pacientes, una de las cuales falleció durante el proceso judicial.

Manuel Álvarez

Manuel Álvarez

La Corte Suprema ha decidido revertir la prisión preventiva del oncólogo Manuel Álvarez, quien fue condenado por abuso sexual de dos pacientes oncológicas, y ha ordenado su libertad bajo arraigo nacional mientras se resuelve el recurso de nulidad presentado por su defensa.

El fallo de la Corte Suprema acogió el recurso de amparo presentado por la defensa de Álvarez, encabezada por el abogado César Ramos. La defensa argumentó que las magistradas que decretaron la prisión preventiva no consideraron adecuadamente los argumentos presentados.

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Ramos indicó que “nadie puede ser sometido a prisión preventiva en Chile sin una resolución judicial que se encuentre fundada”. Según el fallo de la Suprema, la decisión original “carece de la fundamentación esperada” y vulneró el derecho a la libertad de Álvarez.

Álvarez fue condenado el 23 de abril de 2023 por abuso sexual de dos pacientes, una de las cuales falleció durante el proceso judicial. La Fiscalía Metropolitana Oriente solicitó la prisión preventiva hasta que la condena fuera firme, lo que fue inicialmente acogido por el Tercer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago.

La defensa de Álvarez presentó un recurso de amparo y un recurso de nulidad del juicio. La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de amparo, pero la Suprema revirtió esta decisión y acogió el recurso, ordenando la liberación de Álvarez bajo arraigo nacional, publica La Tercera.

Fallo de la Suprema

El fallo de la Suprema destacó que “el tribunal debe necesariamente oír tanto al solicitante como al defensor del imputado” y que la resolución original no contenía un “desarrollo argumentativo” adecuado para justificar la prisión preventiva.

César Ramos expresó satisfacción con el fallo de la Suprema, afirmando que se puso término a la “ilegal privación de libertad” de su cliente. Álvarez deberá cumplir con el arraigo nacional y la prohibición de acercarse a sus víctimas mientras se resuelve el recurso de nulidad.

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