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Con 13 años de plazo para pagar: Congreso aprueba ley corta de isapres en jornada express del Senado y la Cámara

Además, el proyecto incluye la implementación de una Modalidad de Cobertura Complementaria (MCC) de Fonasa y extender el criterio usado el 2024 para definir el Índice de Costos de la Salud (ICSA) a los años 2025, 2026 y 2027 o hasta que exista una nueva ley.

Con 13 años de plazo para pagar: Congreso aprueba ley corta de isapres en jornada express del Senado y la Cámara

Con 13 años de plazo para pagar: Congreso aprueba ley corta de isapres en jornada express del Senado y la Cámara / Pablo Ovalle Isasmendi

En una doble jornada, donde las bancadas acordaron palabras acotadas para fundamentar los votos, fue aprobado el informe elaborado por una comisión mixta sobre la llamada ley corta de isapres que busca dar viabilidad al pago de la deuda de las aseguradoras con sus usuarios por cobros indebidos.

La instancia fue aprobada primero en el Senado por 49 votos a favor, 3 abstenciones y 2 votos en contra. Luego, la Cámara de Diputados y Diputadas dio luz verde a la iniciativa por 122 votos a favor, 10 abstenciones y 14 en contra.

Con esto, las aseguradoras deberán devolver los casi 1500 millones de dólares establecidos por la superintendencia de Salud, en un plazo de 13 años, con la excepción de las personas mayores de 80 años, quienes tendrán un plazo de 2 años, y las mayores de 65, que contarán con un lapso de 5 años para que se le devuelve lo adeudado.

Los parlamentarios discutieron de manera express durante la jornada, ya que el plazo dado por la Corte Suprema para que las isapres paguen lo adeudado venció el pasado domingo 12 de mayo.

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Tanto la oposición como el oficialismo argumentaron no estar del todo de acuerdo con la iniciativa aprobada, pero señalaron que era necesario para que las isapres no quiebren y se les garantice los tratamientos y atenciones a los usuarios.

En un debate acotado, pero álgido, el oficialismo acusó a la oposición de buscar trabar el debate, sobre todo al senador Javier Macaya, quien presidió la Comisión Mixta. En tanto, desde la oposición llamarón a los parlamentarios de gobierno a pensar en los usuarios que quedarían sin atención y en el efecto que esto puede tener en el sistema de Fonasa.

Detalle de lo aprobado

  • La adecuación de los planes de la nueva tabla de factores debe ocurrir simultáneamente con el ajuste de los planes vigentes al 7%.
  • El cálculo de las devoluciones no debe considerar los montos ya restituidos mediante el régimen de excedentes.
  • El alza extraordinaria se materializará mediante una prima extraordinaria que considerará los costos operacionales, costos no operacionales y medidas de contención de costos.
  • El techo de la prima será un 10% de los contratos a julio de 2023
  • Los mayores de 65 años tendrán un pago preferente (en 5 años), y los mayores de 80 años (en 2 años)
  • Se permite un pago anticipado voluntario mediante transacciones realizadas por la Superintendencia de Salud.

Disposiciones varias: sanciones a las Isapres por retiro de utilidades mientras se ejecuta el plan de pago, reajuste de la prima de las Garantías Explícitas en Salud (GES), entre otras.

Creación de la Modalidad de Cobertura Complementaria (MCC) de Fonasa y el cálculo del ICSA: se extiende el criterio usado el 2024 para definir el Índice de Costos de la Salud (ICSA) a los años 2025, 2026 y 2027 o hasta que exista una nueva ley. Así se considerará el costo de las nuevas prestaciones y la variación de frecuencia de uso de las prestaciones que se realicen en la Modalidad de Libre Elección (MLE) de Fonasa. Este criterio se generó en el marco de la pasada ley de reajuste del sector público. El proceso de adecuación de los precios base será sin contención de costo por los próximos 3 años, 2025, 2026 y 2027.

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