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Ley Duque: los detalles del proyecto que permite faltar al trabajo ante la muerte de un animal en Chile

El martes un grupo de parlamentarios presentó la iniciativa tras el llamado que hizo el periodista José Antonio Neme, quien sufrió la pérdida de uno de sus perros.

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Ley Duque: los detalles del proyecto que permite faltar al trabajo ante la muerte de un animal en Chile

Ley Duque: los detalles del proyecto que permite faltar al trabajo ante la muerte de un animal en Chile / Chalabala

Esta semana, un grupo de parlamentarios, que incluyó a los diputados del Partido Socialista, Daniella Cicardini y Daniel Manouchehri, presentaron un proyecto de ley para obtener un permiso laboral en caso de la muerte de un animal cercano.

La iniciativa conocida como “Ley Duque” tomó vuelo luego de que el periodista de José Antonio Neme hiciera un llamado con la petición al expresar su pesar ante la muerte de uno de sus perros.

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“Reconoce que en cada uno de los hogares de Chile la mascota es parte de la familia (...) es como perder a un hermano, a un hijo y nadie tiene derecho a cuestionar ese dolor y ese vínculo”, planteó Cicardini sobre la iniciativa cuando fue presentada.

Estos son los detalles de la “Ley Duque”:

La idea pretende incorporar nuevas entradas al Código del Trabajo vigente y se contemplan dos situaciones.

El primer artículo suma un nuevo tercer inciso diciendo que: “se otorgará un permiso al trabajador o trabajadora por un día hábil en caso de fallecimiento de su mascota o animal de compañía”.

Lo mismo se repite para sumar un inciso en la Ley general de educación (N°20.370) para que alumnas y alumnos pueden ausentarse de clases durante un día hábil ante la misma situación.

Ahora bien, un dato importante en que todos los casos el animal afectado debió estar debidamente inscrito en el registro nacional de mascotas.

Eso sí, el proyecto no es del todo novedoso, ya que en el año 2021 fue ingresada una iniciativa con el mismo fin por parte de la bancada de Renovación Nacional.

Aquel texto solo apuntaba a trabajadores y considerando a animales domésticos “que sean mantenidos por las personas para fines de compañía o seguridad, con excepción de aquellos animales cuya tenencia se encuentre regulada por leyes de especiales”.

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