• 05 OCT 2024

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Ministro (s) de Justicia se refirió a la ordenanza del juez Urrutia: “Pone en jaque nuestro sistema de máxima seguridad”

La autoridad cuestionó la autorización del letrado que permite a los reos de alta peligrosidad realizar llamadas.

Jaime Gajardo

El ministro (s) de Justicia, Jaime Gajardo, conversó con La Prueba de ADN para referirse a la polémica autorización impartida por un juez para que un grupo de reos pueda realizar videollamadas.

Fue Daniel Urrutia, desde el Séptimo Juzgado de Garantía, quien autorizó la realización de llamadas a reos del Recinto Penitenciario de Alta Seguridad (REPAS), las cuales no estaban autorizados por Gendarmería.

Según expresó el invitado, “la decisión -tomada por el juez- es gravísima. Pone en jaque nuestro sistema de máxima seguridad”, enfatizando en que el crimen organizado es una de las principales amenazas que pude afectar al país.

Bajo esta línea, hizo hincapié en lo primordial que es tener un sistema capaz de hacerle frente a este tipo de organizaciones desde el ámbito legal y judicial. Todo esto, con especial foco en los líderes de bandas.

“Se requiere que estas personas se encuentren en un espacio debidamente adecuado. Por lo mismo se estableció esta cárcel de alta y máxima seguridad que tiene un régimen diferenciado”, explicó.

“Se trata de que los líderes de bandas criminales no tengan contacto con el directo con exterior y que se encuentren en un régimen segregado, que no les permita seguir funcionando”, complementó.

Así, el ministro subrogante enfatizó que “lo que hace la resolución del juez es poner en entredicho este régimen diferenciado”.

Un funcionamiento clave vulnerado con las autorizaciones

Gajardo mencionó que “nuestras cárceles tienen distintos tipos de régimen en su interior; tenemos personas que tienen bajo compromiso delictual, personas que tienen mediano compromiso delictual y personas que tienen alto compromiso delictual”.

Respecto a esta última modalidad, apuntó que hay distintas categorías, donde la “categoría de máxima está pensada para los criminales más peligrosos y que hoy por hoy forman parte de bandas de crimen organizado”.

“Ese régimen diferenciado, lo que trata es que estas personas no sigan funcionando, que no mantengan el funcionamiento de organizaciones criminales. Que no puedan coactar otros internos, y por eso se les recluye en una cárcel especial”, precisó.

“Por lo mismo, se les restringen ciertas condiciones que tienen el resto de los penales”, sostiene, cuestionando que “lo que hace el juez, rompe con el sistema de máxima seguridad. Consideramos que la resolución está alejada del derecho, está fuera del ordenamiento jurídico”.

La necesidad de cumplir con el régimen de manera adecuada

Jaime Gajardo destacó cómo deben funcionar los módulos de máxima seguridad, contraponiéndose a la autorización del juez Urrutia para que los reos puedan realizar videollamadas.

Dicho “régimen ajustado de derecho” con el que rigen los centros penitenciarios “se está disminuyendo, tergiversando o modificando con la resolución”.

Asimismo, puntualizó que “Gendarmería de Chile, con todo el apoyo del Ministerio de Justicia, del Gobierno, recurrió de esta resolución. Hoy por hoy, enhorabuena, la Corte de Apelaciones suspendió la eficacia, la vigencia de la resolución”.

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