• 19 SEP 2024

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¿Quieres viajar a Rapa Nui? Revisa los requisitos y recomendaciones para ir al segundo destino nacional más cotizado

La Isla de Pascua, a pesar de ser uno de los últimos lugares en abrir sus fronteras, se ha posicionado como uno e los destinos nacionales favoritos.

¿Quieres viajar a Rapa Nui? Revisa los requisitos y recomendaciones para ir al segundo destino nacional más cotizado / The Good Brigade

Desde pasado año, Isla de Pascua comenzó a posicionarse, nuevamente, como uno de los destinos favoritos a la hora de tomar vacaciones.

Según datos de Viajes Falabella, Rapa Nui ha experimentado un 685% de aumento en las búsquedas, en comparación a 2022. Así se convierte en el segundo destino más cotizado, después de la ciudad de Puerto Montt.

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Es por esto, si viajas a Isla de Pascua como turista o invitado, ten en cuenta las siguientes consideraciones y requisitos, contemplados en la ley 21.070, la que regula el ejercicio de los derechos a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde el territorio especial de isla de pascua

Requisitos para ir a Isla de Pascua:

  • Portar cédula de identidad, pasaporte u otro documento idóneo de viaje, de acuerdo a la normativa general vigente. En el caso de los menores de dos años, estos pueden viajar con su certificado de nacimiento.
  • Portar pasaje intransferible de regreso desde Isla de Pascua, que permita el cumplimiento efectivo del plazo (no superior a 30 días).
  • Completar el formulario único de ingreso disponible en la página web ingresorapanui.interior.gob.cl.

Además, si viajas como turista, debes portar tu reserva en un establecimiento autorizado por el Servicio Nacional de Turismo (SERNATUR). Este debe acreditar el lugar donde permanecerá durante su estadía en Rapa Nui.

Si eres turista invitado, debes portar tu carta de invitación otorgada por la Delegación Presidencial de Isla de Pascua que acredite el alojamiento por invitación de alguna persona perteneciente al pueblo Rapa Nui o por alguna de las personas habilitadas para permanecer por sobre el plazo máximo de treinta días.

Finalmente, en ambos casos, la duración de la visita al territorio no pude ser superior a los 30 días de estadía. }

A continuación, revisa las recomendaciones de la PDI:

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