Dicho trámite involucra dirigirse a uno de los múltiples puntos que establece la dirección de Tránsito de cada uno de los municipios y se podrá realizar desde el próximo jueves 1 de febrero.
Eso sí, mientras algunos deben pagar una suma importante de dinero, y así evitar multas entre 1 y 1,5 UTM, otros no deberán sumarse al llamado.
¿Qué autos no deben pagar el Permiso de circulación?
Según establece la Ley 21.505, aquellos vehículos eléctricos e híbridos con recarga exterior no deberán desembolsar la suma de dinero por el momento.
La medida se estableció durante dos años en el 2022 y “contados desde el 1 de febrero posterior a la publicación de la presente ley”.
De tal manera, y acorde al texto de la Ley de Almacenamiento y Electromovilidad, recién en 2025 se aplicará un porcentaje del impuesto anual del documento.
Aquel último punto que se traduce de la siguiente forma:
En el tercer y cuarto año se les cobrará un 25%
En el tercer y cuarto año se les cobrará un 25%.
En el séptimo y octavo año se deberá pagar un 75%.
La norma apunta a máquinas que fueron fabricadas desde el año 2021 y también a fomentar la movilidad que genere menos emisiones contaminantes.
¿Cómo saber cuánto tengo que pagar por mi vehículo?
Hace algunos días el Servicio de Impuestos Internos (SII) dio a conocer la tasación fiscal de vehículos para el año en curso. De tal forma el monto a pagar varía en base al valor o avalúo.
Siendo así el monto se puede consultar directamente en el sitio web de la entidad (pinchando aquí). Ahí es necesario seleccionar año, categoría de vehículo y aplicar los filtros para encontrar el modelo.