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Ley de conciliación de la vida laboral: quiénes pueden pedir teletrabajo y en qué casos puede ser modalidad híbrida

La iniciativa plantea una serie de cambios que apuntan a beneficiar a más de 360 mil personas regidas por el Código del Trabajo. Revisa aquí si puedes acceder.

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Agencia Uno

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Recientemente, se anunció la entrada en vigor de la nueva Ley de Conciliación de la Vida Familiar, Laboral y Personal, la que busca que padres, madres y cuidadores puedan garantizar el cuidado de sus hijos desde sus hogares, compatibilizando las labores a través del teletrabajo.

La iniciativa plantea una serie de cambios que apuntan a beneficiar a más de 360 mil trabajadoras y trabajadores regidos por el Código del Trabajo.

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¿Quiénes pueden acceder al teletrabajo?

La ley 21.645 permite que aquellas personas que trabajan y que tienen a su cargo a un menor de 14 años, o a una persona en situación de discapacidad, o dependencia severa o moderada, sin importar su edad, puedan optar al derecho, regulación y prioridad del teletrabajo al momento de solicitar el feriado legal. Eso sí, las personas que ejerzan las labores de cuidado no deben estar recibiendo remuneración por esta tarea.

Según el dictamen publicado por la Dirección del Trabajo, la norma establece el derecho al trabajo a distancia o teletrabajo, de modo que las o los trabajadores puedan efectuar todo o parte de su jornada diaria o semanal en esas modalidades, en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permita.

Cabe señalar que, para acceder a este beneficio, los padres, madres y cuidadores deben presentar documentos que acrediten el rol de cuidador.

Trabajo híbrido como una opción

Además, la normativa reconoce el derecho a solicitar ajustes de sistemas de turnos, por lo que los trabajadores pueden ejercer este beneficio durante el período de vacaciones definido por el Ministerio de Educación. De esta forma, cuando la naturaleza de las funciones lo permita, los cuidadores podrían solicitar que se modifiquen transitoriamente turnos o la distribución de la jornada diaria y semanal para conciliar el trabajo con las necesidades de cuidado durante dichos periodos.

En este sentido, la ley plantea como una alternativa la jornada híbrida, previo acuerdo con la jefatura, para todos aquellos trabajadores que cumplan con los requisitos y tengan una labor que se pueda realizar por esta vía.

“Hoy lo que estamos logrando es que más de un millón 800 mil personas son las que van a tener derecho a usar de manera preferente su feriado legal durante vacaciones escolares. Son más de 363 mil los trabajadores que podrán acordar con sus empleadores modalidades de trabajo híbrida”, precisó el Presidente Gabriel Boric cuando se despachó la propuesta.

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