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Ley de Conciliación de la Vida Personal, Familiar y Laboral: ¿Cómo acceder al teletrabajo?

Matías Espinoza, abogado y socio del Grupo Defensa, explicó en Ciudadano ADN las claves para entender esta nueva legislación que favorecerá a aquellas personas que sean cuidadoras, entre otros casos.

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Ley de conciliación de la vida personal, familiar y laboral: ¿Cómo acceder al teletrabajo?

Ley de conciliación de la vida personal, familiar y laboral: ¿Cómo acceder al teletrabajo?

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En el Ciudadano ADN analizamos la entrada en vigencia de la Ley de conciliación de la vida personal, familiar y laboral junto a Matías Espinoza, abogado y socio de Grupo Defensa.

Podría pensarse que la vigencia de esta legislación aprobada el año pasado sirve como un complemento con la Ley de las 40 horas. ¿Qué piensa el legislador sobre esto? El profesional comentó al inicio de la conversación que “todas estas normas buscan mejorar la calidad de vida de las trabajadoras y trabajadores del país”.

“Esta norma en particular tuvo un aspecto que es muy relevante, que es justamente conciliar la vida laboral, personal y familiar. En algún momento de nuestra historia, cuando se legislaba solo se pensaba en un tema laboral, pero dejando fuera un aspecto muy relevante como es también conciliar esta vida laboral con la vida familiar de los trabajadores”, explicó.

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Las virtudes del teletrabajo

Una de las bondades de la nueva ley es el hecho de que se facilite que las labores se puedan realizar de manera híbrida o que pueda aparecer el teletrabajo como una opción real. Siendo, esta última, una de las pocas cosas positivas que dejó la pandemia, de acuerdo al abogado.

“Antes de la pandemia, era muy raro conocer a un trabajador que prestara servicios de manera remota. Con la pandemia se instaló, más por obligación que por gusto de los empleadores, el tema del trabajo remoto porque los trabajadores estaban impedidos de prestar servicios de forma presencial”, detalló.

En esa misma línea, el socio de Grupo Defensa dijo que “si bien bajó un poco la cantidad de trabajadores pospandemia que continuaron trabajando de manera telemática, esta norma sí viene a suplir la necesidad que tienen actualmente los trabajadores del país”.

¿Cómo acceder al teletrabajo?

De acuerdo al abogado Matías Espinoza, esta norma tiene “varios presupuestos”. ”Los que más generan impactos son la posibilidad de trabajadoras y trabajadores de solicitar teletrabajo, ya sea total o parcialmente”.

“Esto va a aplicar a personas que tengan a su cuidado no remunerado, niños o niñas menores de 14 años y personas con discapacidad severa o moderada”, expuso el especialista en temas laborales, para luego detallar cómo acreditar lo necesario para acceder al teletrabajo.

Para acreditar, por ejemplo, la situación de tener a cargo un niño menor de 14 años, bastará solo con el certificado de nacimiento o con la resolución judicial de un tribunal que otorgue el cuidado personal. En cuanto a si se tiene bajo cuidado a una persona con situación de discapacidad severa o moderada, se requerirá la inscripción actualizada en el Registro Nacional de Discapacidad o su registro de cuidador de una persona en situación de dependencia moderada o severa.

Por otra parte, el abogado comentó que el teletrabajo, “es uno de los pilares fundamentales de esta norma, sin perjuicio de que haya más”.

“Por ejemplo, está la posibilidad de que las vacaciones se concedan de forma preferente durante el período de vacaciones definido por el Ministerio de Educación. Así las personas que tengan a su cuidado personas o niños menores de 14 de años o adolescentes menores de 18 años con discapacidad o situación de dependencia severa, o moderada, podrán hacer esta solicitud para que sus vacaciones preferentemente sean otorgadas en el período que coincide con las vacaciones escolares”, cerró.

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