• 05 OCT 2024

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Qué hacer si excedes los años que cubre la Gratuidad en educación superior

Si ya no tienes el beneficio de gratuidad por haber pasado los años de duración formal de la carrera, te contamos qué hacer cuáles son tus alternativas.

Qué hacer si excedes los años que cubre la Gratuidad en educación superior / Agencia Uno

La gratuidad es el beneficio que permite que las familias correspondientes al 60% de menores ingresos, cuyos miembros estudien en instituciones adscritas al Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas (CRUCH), no paguen el arancel ni la matrícula en su institución durante la duración nominal de la carrera. Este último punto puede ser un problema.

Todos los años la expiración de la gratuidad pone en jaque a miles estudiantes universitarios del país. Esto ocurre cuando el estudiante cumple con los años de duración formal de la carrera en la cual se le otorgó el beneficio. Es decir, si la duración formal de la carrera es de cuatro años, el beneficio solo cubrirá ese periodo, por lo que los años excedentes no son cubiertos por la gratuidad.

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Pero ¿Si el alumno terminó en cinco años? Tranquilidad. Según la Ley 21.091, en caso de exceder en un año el tiempo de permanencia “la institución solo podrá cobrar al estudiante hasta el 50% del valor de la suma del arancel regulado y los derechos básicos de matrícula”. Esta rebaja solo se otorgará por una sola vez por estudiante.

En el caso de exceder en más de un año el plazo formal, la misma ley establece que la institución de educación superior podrá cobrar al estudiante “hasta el total del valor de la suma del arancel regulado y los derechos básicos de matrícula correspondientes al período adicional”. Será la organización en la cual el estudiante se encuentre matriculado la que determine el porcentaje que cobrará del arancel referencial (entre 50% y 100%).

Si ya excediste el año que permite la Ley 21.091 y tu universidad no te aplicó descuentos, tranquilo nuevamente.

El Fondo Solidario de Crédito Universitario (FSCU) es una alternativa. Es un préstamo estatal, que se otorga en Unidades Tributarias Mensuales (UTM), con una tasa de interés anual del 2%. Se comienza a pagar después de dos años de haber egresado, por una suma equivalente al 5% del total de ingresos que la persona obtuvo el año anterior.

Además, es compatible con cualquier beca de arancel (excepto la beca Bicentenario) y el Crédito con Garantía Estatal (CAE). Va dirigido a estudiantes chilenos, pertenecientes al 80% de la población de menores ingresos del país y que obtuvieron al menos 475 puntos promedio en la Prueba de Transición (PDT) o 485 puntos o más en el promedio de las pruebas obligatorias de la Prueba de Acceso a la Educación Superior (PAES).

Para postular debes completar el Formulario Único de Acreditación Socioeconómica (FUAS) a través del sitio www.fuas.cl. Esto para que el Ministerio de Educación procese tus antecedentes y que te permita optar al financiamiento no cubierto por la rebaja. Llenando el FUAS, también estarás postulando a las becas y al Crédito con Aval del Estado (CAE).

El CAE es otra alternativa. Este financia hasta el total del arancel de referencia de la carrera, a través de un préstamo en UF otorgado por un banco. Se puede complementar una beca o el Fondo Solidario, hasta cubrir el valor real de la carrera. El beneficio se entrega sin restricción socioeconómica alguna y va dirigido a todos los estudiantes superiores del país. Se comienza a pagar una vez el alumno se encuentre titulado.

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