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Listo para ser Ley: así subirán los sueldos en el sector público tras la aprobación del reajuste 2024

El Congreso respaldó la propuesta elaborada en primera instancia por el Ejecutivo y los trabajadores fiscales, para reajustar el sueldo y algunos bonos.

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La Cámara de Diputadas y Diputados y El Senado aprobaron la ley de reajuste general para los trabajadores del sector público. Según la información proporcionada por el Ministerio de Hacienda, este reajuste promete “un incremento significativo en los sueldos de los empleados públicos”, comunican desde Hacienda.

El reajuste aprobado establece un aumento escalonado en los salarios, beneficiando especialmente a aquellos trabajadores que perciben menores ingresos. De acuerdo con la información oficial, se logró un incremento promedio del 4,3%, con especial énfasis en asegurar que ningún empleado público tenga una remuneración que supere el 3,8% de aumento.

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Este reajuste salarial se distribuye de la siguiente manera:

Los trabajadores con ingresos más bajos recibirán un aumento más significativo, en línea con el compromiso del gobierno de mejorar la equidad salarial dentro del sector público.

Esta iniciativa establece un aumento de las remuneraciones de un 4,3%, cifra que es fruto de un acuerdo con 15 organizaciones de la mesa de negociación del sector, mientras que para los bonos, aguinaldos y reajuste de remuneraciones mínimas se fija un incremento de 4,8%.

El ministro de Hacienda, Mario Marcel, valoró la votación: “Lo primero que tenemos que celebrar es el hecho de haber concluido el primer trámite legislativo del reajuste que, como reajuste, beneficia alrededor de 850.000 trabajadores y en términos de otros beneficios, particularmente bonos, llega a más de 1.100.000 trabajadores del sector público.

Esta estructura de reajuste tiene como objetivo no solo mejorar el poder adquisitivo de los empleados públicos, sino también promover la justicia y equidad salarial dentro del sector.

La ley fue aprobada en su segundo trámite, siendo de vuelta a la Cámara para que sea firmada y enviada al Presidente de La República, quien debe promulgarla.

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