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Plebiscito constitucional: ¿Qué pasa si no voto? Estas son las multas y excusas que contempla la ley

La elección agendada para el domingo 17 de diciembre por el proceso constitucional es de carácter obligatorio para mayores de 18 años.

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Agencia Uno

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Cada vez nos acercamos más a una nueva votación en torno al proceso constitucional, instancia en el que el sufragio es obligatorio para mayores de edad, por lo que existen multas no menores para tener en cuneta.

El próximo domingo 17 de diciembre el pueblo de Chile se volcará una vez más a las urnas para expresar si está a favor o en contra del borrador para una nueva Constitución.

A pesar de que se trata de una elección importante para el futuro del país, siempre hay un grupo de personas que se ausentan y no cumplen con su deber cívico, independientemente de las razones que se tengan.

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Si bien hay motivos específicos para excusarse de manera formal y bajo el amparo legal, conforme a la Ley 21.524 también se establecen sanciones para aquellos que no presenten razones válidas.

Las excusas válidas para no votar son: estar a más de 200 kilómetros de distancia del domicilio electoral correspondiente, no encontrarse en territorio nacional, padecer una enfermedad que impida cumplir, así como también algún otro impedimento grave debidamente comprobado ante un juez competente. Ante esos casos se deberán hacer los respectivos trámites.

¿De cuánto es la multa por no votar?

Según indicaron desde el propio Servicio Electoral de Chile (Servel), aquellos que no cumplan sin tener razón acreditada serán denunciados ante los Juzgados de Policía Local.

Una vez en ese proceso legal, se exponen a multas que van desde las 0,5 hasta las 3 UTM. Esto es equivalente a un aproximado de $32.000 mil a $192.000 mil pesos.

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